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Pensión de Vejez teniendo Pensión de Viudedad, cálculo de la Pensión en caso de Jubilación anticipada
Buenas,
Hasta ahora escribía a veces en el foro de Bancos. Ahora me ha surgido una pregunta en relación con mi jubilación.
Tengo casi 64 años. Estoy trabajando y tengo una pensión de viudedad.
A día de hoy tengo en España casi 33 años cotizados.
Soy extranjero y tengo unos 8 años reconocidos como tiempo de cotización en el país de origen (miembro UE), entre estudios y prestación social.
Es decir, actualmente mi tiempo de cotización global serían unos 40-41 años.
(En una consulta hace años, me dijeron que, en el cálculo de la pensión, me sobraban 1.000 €. Pero que para jubilarme tendría que cumplir 3 requisitos:
1. Tener la edad para jubilarme 2. Tener cotizados los años exigidos 3. Llegar al importe exigible para la pensión máxima
En una cita telefónica en la Seguridad Social me han dicho hoy lo siguiente:
En caso de jubilación anticipada, lógicamente, mi pensión de vejez tendría una penalización de 1,65%/trimestre que me falte hasta la edad de jubilación.
PERO: Al tener una pensión de viudedad, sería posible compensar esa penalización en la pensión de vejez con la pensión de viudedad para llegar al importe máximo de la pensión de vejez.
¿Podría ser cierto? Yo estaba convencido que la penalización se aplicaría sobre la suma de ambas pensiones, es decir, la pensión de vejez resultante de combinar la vejez con la viudedad.
Agradezco vuestra atención a esta pregunta un tanto especialita....
Salud / os!
Hasta ahora escribía a veces en el foro de Bancos. Ahora me ha surgido una pregunta en relación con mi jubilación.
Tengo casi 64 años. Estoy trabajando y tengo una pensión de viudedad.
A día de hoy tengo en España casi 33 años cotizados.
Soy extranjero y tengo unos 8 años reconocidos como tiempo de cotización en el país de origen (miembro UE), entre estudios y prestación social.
Es decir, actualmente mi tiempo de cotización global serían unos 40-41 años.
(En una consulta hace años, me dijeron que, en el cálculo de la pensión, me sobraban 1.000 €. Pero que para jubilarme tendría que cumplir 3 requisitos:
1. Tener la edad para jubilarme 2. Tener cotizados los años exigidos 3. Llegar al importe exigible para la pensión máxima
En una cita telefónica en la Seguridad Social me han dicho hoy lo siguiente:
En caso de jubilación anticipada, lógicamente, mi pensión de vejez tendría una penalización de 1,65%/trimestre que me falte hasta la edad de jubilación.
PERO: Al tener una pensión de viudedad, sería posible compensar esa penalización en la pensión de vejez con la pensión de viudedad para llegar al importe máximo de la pensión de vejez.
¿Podría ser cierto? Yo estaba convencido que la penalización se aplicaría sobre la suma de ambas pensiones, es decir, la pensión de vejez resultante de combinar la vejez con la viudedad.
Agradezco vuestra atención a esta pregunta un tanto especialita....
Salud / os!