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¿Comprarias este piso? Ayuda!!! Autoliquidacion complementarias sobre el impuesto sobre el patrimonio

2 respuestas
¿Comprarias este piso? Ayuda!!! Autoliquidacion complementarias sobre el impuesto sobre el patrimonio
¿Comprarias este piso? Ayuda!!! Autoliquidacion complementarias sobre el impuesto sobre el patrimonio
#1

¿Comprarias este piso? Ayuda!!! Autoliquidacion complementarias sobre el impuesto sobre el patrimonio

Buenas. Soy nuevo en el foro, asi que antes de nada saludos.
Tengo una gran duda, con lo que agradeceria que me ayudaseis dentro de lo posible. Debo decir que no tengo ni idea en referencia a la compra-venta de pisos.

El caso es que voy a comprar una vivienda reformada en Galicia, aparentemente esta bien, consta de una antigüedad de 35 años aproximadamente,y la pagaria al contado, sin hipotecas por media, aunque el piso ahora mismo esta hipotecado.
El problema surge en la notificacion del registro de vivienda, donde figura que la vivienda consta de cargas. Pongo el texto tal cual, para poder facilitar el entendimiento.

Afecciones Fiscales.
Afeccion: autoliquidad de transmisiones.
Afecta durante el plazo de 5 años, al pago de las liquidaciones complementarias que procedan, en virtud de la posible revision de la autoliquidacion del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos documentados, segun nota al margen de la Insc/Anot de fecha xx/xx/2011
Afeccion: autoliquidad de transmisiones.
Afecta durante el plazo de 5 años, al pago de las liquidaciones complementarias que procedan, en virtud de la posible revision de la autoliquidacion del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados, segun nota al margen de la Insc/Anot. de fecha xx/xx/2011

Posteriormente figura un pacto de retro: la entidad mercantil "xxxxxxxxx" se reserva el derecho de retraer esta finca durante el plazo de 6 meses, a contar desde la fecha xx/xx/xxxx (todavia vigente), obligando a la actual propietaria a retrovender las viviendas, siempre que en el dicho plazo le sea abonado el precio total de la compra formalizada.

Mi gran duda es si es seguro comprar esta vivienda, ya que no se si una vez pagado el piso, me pueden sumar mas impuestos Patrimoniales, o si me pueden salir sorpresas economicas. Sinceramente, no entiendo a lo que me puede obligar esta situacion del piso. Agradeceria que me ayudaseis ya que estoy muy perdido, con lo que gracias de antemano y saludos

#2

Re: ¿Comprarias este piso? Ayuda!!! Autoliquidacion complementarias sobre el impuesto sobre el patrimonio

Ponte en manos de un experto en estos temas, saldrás ganado.

#3

Re: ¿Comprarias este piso? Ayuda!!! Autoliquidacion complementarias sobre el impuesto sobre el patrimonio

En cuanto a la nota registral, yo no me preocuparía en principio puesto que corresponde a una autoliquidación de ITPAJD que presentó el adquirente en cuestión (en sentido amplio), por lo que es él quién es responsable y asumirá la liquidación complementaria si la hay. En la práctica esta anotación digamos que es "a mayores", puesto que las acciones administrativas que pudiera haber prescriben en estos cinco años.

A mi me preocuparía más el pacto de retroventa, puesto que te puedes quedar sin la vivienda si no te preocupas de que ese pacto se quede sin efecto en el momento de la compra, además de que tiene implicaciones sobre ITPAJD (es una figura asimilable al usufructo, dónde quién tiene el derecho, conserva (por decirlo así) la nuda propiedad), por lo que se reduciría el valor a declarar en Transmisiones Patrimoniales, sin perjuicio de una nueva declaración con el fin del plazo del período.
Te dejo un enlace a la Consulta Vinculante V0699-11 a la Dirección General de Tribuos http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?Consulta=.EN+FECHA-SALIDA+%2818%2F03%2F2011%29&Pos=0

Espero haberte aclarado algo los conceptos. En cualquier caso, ("excepto en el caso Urquijo" broma Gomaespumil), y aunque no tuvieras lo del pacto de retroventa, no estaría de más que te asistiera un profesional del derecho; aunque el notario debe explicarte TODO lo que no entiendas, no siempre lo hace o lo hace de carrerilla y es mejor llegar a él con todo bien atado.

Ah, te escribo desde Galicia y, por experiencia propia, habrá liquidación complementaria por el concepto que sea (revisión de valores, tipo impositivo, ...) ya que la gestión e inspección del ITPAJD está delegada en las oficinas liquidadoras de distrito hipotecario (que son ciertos registros de la Propiedad), que como casi no tienen ingresos por la vía del registro, lo que hacen es inspeccionar hasta obligarte a ir al Tribunal Económico Administrativo. Esos registradores tienen un convenio con la Consellería de Facenda por el que cobran por hacer las inspecciones y (pendiente de confirmar) sospecho que además perciben un porcentaje por la mayor recaudación (por las complementarias, vamos) aunque luego te lo tenga que devolver la Consellería de Facenda.