Subrogación?
Hola,
después de un mes informándome he decidido hacer una extinción de condominio. Actualmente vivo en un piso que se me adjudicó en el divorcio pagando yo el 100% de la hipoteca hasta que se venda. Como no se vende nunca y ha bajado un 50% el precio, he decidido comprarlo haciendo la extinción del condominio; asumir el 50% de la hipoteca de mi ex, y darle un dinero en efectivo pidiendo un préstamo personal.
Aquí viene la primera gracia, ningún banco quiere subrogarme ... dicen que hipoteca nueva con euribor+"mucho" (actualmente tengo euribor+0,4) y pagar ajd por ser hipoteca nueva... Y mi banco no sé si lo llama subrogación o no pero me ofrece por ser buen cliente "euribor+2"..... con lo cuál no puedo modificar la escritura de la hipoteca. Como no hay otra solución, mi ex ve bien que modifique escritura de titularidad (saliendo ella de la titularidad) sin modificar la escritura de hipoteca; es un riesgo que asume pues soy funcionario. En la escritura de titularidad se pondría que asumo su 50% de la hipoteca.
Y aquí viene mi duda....
En la escritura de titularidad me ha dicho el oficial de la notaría de poner que "me subrogo en la hipoteca" de mi ex....
Hacienda me dijo que para desgravarme el 100% la escritura tenía que indicar que la pagaba al 100% en la escritura de titularidad (a pesar de que la escritura de hipoteca siguiera al 50%). Con la coletilla que pondría el oficial de la Notaría de que me subrogo en el 50% de la hipoteca de mi ex lo que yo entiendo es que tengo que modificar la escritura de la hipoteca para hacer una subrogación hipotecaria.. osea, que haga la subrogación en el banco... y esto no es lo que queremos hacer. El oficial dice que no significa que tenga que hacer una subrogación hipotecaria en el banco.. ¿Es así?,y ¿cómo lo va ha interpretar Hacienda? ¿debería de añadir algo más conforme pagaré el 100% sin modificar la escritura de la hipoteca?
Gracias