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Cambio Hipiteca IRPH

2 respuestas
Cambio Hipiteca IRPH
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#1

Cambio Hipiteca IRPH

Hola gente que tal, he leido mucho por aqui y espero que alguien me sea de ayuda porque mi desconocimiento en temas hipotecarios es nula.

Mi caso es que tengo una Hipoteca IRPH cajas +0 en La Caixa de Pensions de Barcelona, me dijeron que no me podia pasar a EURIBOR y leyendo en la hipoteca pone que mi indice sustitutorio seria el de Bancos pero no pone ninguno mas y los dos indices yano existen no?

A mi me aplican el último, 3,9 % y yo lo que quiero es mirarme pasar al EURIBOR, que me aconsejais? en el apartado que me pone los indices sustitutorios hay un texto que pone "EL DIFERENCIAL PARA LA PRIMERA DISPOSICION ES DE 0 PUNTOS CUANDO EL INDICE SEA EL DE REFERENCIA, 0 ENTEROS CUANDO SEA APLICABLE EL SUSTITUTORIO, MIENTRAS QUE PARA LAS RESTANTES DISPOSICIONES EL DIFERENCIAL ES DE 2 ENTEROS Y DE 1,5 RESPECTIVAMENTE", alguien me podria explicar este ultimo parrafo a que se refiere?

Luego tambien tengo el seguro de hogar, vida y domiciliada la nomina, pero en la escritura no pone nada que si me quito de alguna cosa me subian el diferencial y asi expresamente me lo dijo el director.

Solo me obliga a tener el seguro por daños y incendios y que sea beneficiaria La Caixa, con la cual cosa a mi entender podria quitarme de todo esto sin tener problemas no? Solo tendria que tener un papel donde La Caixa fuera la beneficiaria.

El problema es que me han renovado en Diciembre automaticamente todos los seguros, pero si pago la parte proporcional me tendrian que devolver lo correspondiente dado que no he firmado ni autorizado la renovacion de los seguros?¿

Son muchas dudas espero que alguno se resuelva porque estoy que no duermo

Gracias!

#2

Re: Cambio Hipiteca IRPH

Eso de los diferenciales se refiere a disposiciones de dinero con cargo a la hipoteca, parece que tienes una hipoteca abierta que te permite pedir más dinero que el inicial que te dieron en su momento, si te interesa.
Lo que está claro es que al no tener sustitutivo vigente, te tendrán que aplicar la normativa que han sacado para los que no lo tienen, es decir, el IRPH entidades mas un diferencial calculado en función del tuyo y de la diferencia media entre el entidades y el de cajas:

"Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización
Disposición adicional decimoquinta. Régimen de transición para la desaparición de índices o tipos de interés de referencia.

1. Con efectos desde el 1 de noviembre de 2013 el Banco de España dejará de publicar en su sede electrónica y se producirá la desaparición completa de los siguientes índices oficiales aplicables a los préstamos o créditos hipotecarios de conformidad con la legislación vigente:
a) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos.
b) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorros.
c) Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros.

2. Las referencias a los tipos previstos en el apartado anterior serán sustituidas, con efectos desde la siguiente revisión de los tipos aplicables, por el tipo o índice de referencia sustitutivo previsto en el contrato.

3. En defecto del tipo o índice de referencia previsto en el contrato o en caso de que este fuera alguno de los índices o tipos que desaparecen, la sustitución se realizará por el tipo de interés oficial denominado «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España», aplicándole un diferencial equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el citado anteriormente, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en la que efectivamente se produce la sustitución del tipo.
La sustitución de los tipos de conformidad con lo previsto en este apartado implicará la novación automática del contrato sin suponer una alteración o pérdida del rango de la hipoteca inscrita.

4. Las partes carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de la aplicación de lo dispuesto en esta Disposición.

Un saludo

#3

Re: Cambio Hipiteca IRPH

Aquellas hipotecas que estaban referenciadas a un indice que desaparece como IRPH Cajas o IRPH Bancos, y el índice sustitutivo también desaparece como por ejemplo aquellas que tenían como índice sustitutivo el CECA, se les aplicará el IRPH Entidades. Por lo que comentas en tu caso sucederá así y lo normal es que te apliquen IRPH Entidades ya que el que te aparecía como sustitutivo ha desaparecido.

Saludos