Lo primero que habría que tener en cuenta es la voluntad de las partes de quedarse con la vivienda, es decir si una de las dos partes quiere quedarse el piso sin mirar ninguna otra opción, lo mejor es extinguir el condominio, sin embargo si prefieren irse cada uno a una casa nueva lo mejor es que la vendan.
Si la quieren vender la solución es sencilla, venden la casa, extinguen la hipoteca y cada uno se queda con la parte proporcional a la inversión que hicieron en la vivienda.
Si quieren que uno de los dos se quede la vivienda hay dos opciones:
Que A le venda a B su parte mediante un contrato de compraventa, y B se haga cargo de la hipoteca que falta por pagar.
Que extingan el condominio (la solución es la misma que con la opción anterior pero con unos costes fiscales menores). De esta forma se extingue el condominio ( tributando por AJD), se hace una compensación económica a la parte cedente y la otra parte se quedaría el total de la vivienda.
En cuanto a la hipoteca surge un problema, pues depende del banco el quitar a una persona como deudora de la hipoteca. si el banco lo acepta no hay problema, pero si no lo acepta la parte cedente seguirá siendo deudora del préstamo hipotecario, aunque posteriormente pueda reclamárselo al otro deudor.
Espero haber aclarado un poco la cuestión, si no, no dudes en plantear más cosas.
saludos