Normalmente en la minuta que se firma ante notario, tendría que venir todo el condicionado pero si es verdad que cuando te subrogas al préstamo del promotor, en teoria!!te subrogas con las condiciones que pacto él promotor en su dia pero realmente, siempre se hace modificaciones oportunas para adaptarlo al momento y según mercado.
Volviendo a lo anterior, cuando te subrogas al préstamo promotor, firmas una única escritura que incluye la compra venta de la vivienda y el traspaso de la deuda promotor - comprador con el banco, es decir hace alusión al préstamo que te subrogas sin especificar las condicion ni clausulas pactadas.
Lo más lógico, sería que internamente vuestro banco os remitiera un certificado especificando las condiciones y sus obligaciones.
Espero poder haberos ayudado