Diferencia entre valor escritura y valor de tasación
¿Cuál es la diferencia entre el valor en escritura y el valor de tasación?
Gracias y saludos.
¿Cuál es la diferencia entre el valor en escritura y el valor de tasación?
Gracias y saludos.
En la escritura se puede poner, si estais de acuerdo ambas partes, un precio que lo saben en las Notarias. Es un coeficiente que se multiplica por el valor catastral. Ese es el minimo que Hacienda exige poner.
Al poner menos precio en escrituras te ahorras en el pago de los impuestos de transmisiones patrimoniales, plusvalias etc.
Ese coeficiente depende de la ciudad, pueblo.
saludos
El que figura en escritura debe ser el valor por el que ambas partes, comprador y vendedor, acuerdan la compra venta.
El valor de tasación es el valor que le da el tasador al bien en cuestión, que no tiene porque ser el mismo que el anterior, ya que se debe basar en un estudio de mercado.
El primero es el que se toma de referencia para liquidar los impuestos y el segundo el que se toma de referencia a la hora de conceder las hipotecas.
Como dice Betico, el valor que figura en las escrituras, a menudo se "manipula" a la baja para pagar menos impuestos.
Saludos
En el valor de la escritura se ha de poner el valor que se acuerde entre comprador y vendedor. Todo el mundo sabemos que ese precio de pone a la baja para pagar menos impuestos. Pero Hacienda lo sabe y por eso fija un valor mínimo a efectos de liquidar el impuesto (ITP). En cada comunidad es uno diferente con distintos métodos de cálculo.
Pero el valor de escritura y el valor que pones para liquidar el impuesto pueden ser distintos (siempre que el segundo sea mayor claro, Hacienda no es tonta).
El valor de tasación como te han dicho es el valor por el que las compañías tasadoras que trabajan para el banco creen que es un valor razonable para el inmueble. Antes solía ser éste más alto que el valor de venta sin embargo ahora suele ser contrario.
S2
Gracias a todos por contestar, Saludos
Pero ha salido la ley en 2007 creo, que mucha gente se le esta obligando, a pagar por ITP, por la tasacion de piso, no por el valor de escriturar. alguien sabe como esta este tema y si se puede recurrir, me quieren cobrar 600 euros.
Chumeti, lo que dice la Ley, y no de ahora, es que el ITP hay que pagarlo por el valor de mercado de dicho bien, que en principio se toma el de escrituración, pero que puede ser revisado. Y, como esta cedido a las CCAA, muchas de ellas, frente a la practica anterior en que a veces revisaban y a veces no, te dicen claramente que por debajo de unos importes (valor catastral x un coeficiente) te van a revisar a ese precio. A partir de ahi tu podras reclamar, pero si tienes una tasación que es igual o superior a dicho valor lo tendrás complicado.
He intentado decirlo del modo más sencillo posible.
Hola; por si a algien le sirve la información.
Compré un piso por 130000€, me lo tasaron por 150000; casi me da un sincope pues la tasación fue muy baja, argumentaban que en los últimos meses cayeron los precios.
Ahora me ha venido una notificación de la oficina liquidadora reclamádome los impuestos basándose en el valor real que ellos estiman(77000€x3,7); de modo que me piden unos 18000€.
La diferencia entre la tasación, 150.000€, y la que ellos han calculado, 277,000€, es abismal; yo no vendo el piso a ese precio ni en un billón de años, ¿cómo puede pasar esto?
Lo he dejado en manos de un asesor, que también piensa que es una pasada.
Ahora toca esperar, a ver...sino me liquidan. ¿Creéis que se solucionará?
Saludos.