Recomendaciones de Compra piso Embargo
Hoal a todos,
Hay muchas recomendaciones acerca de las condiciones financieras a la hora de comprar un piso, pero no hay mas detalles sobre la compra de un piso embargado, que requiere una carga legal importante, y las consideraciones que debemos tener en cuenta,
En mi caso estoy en pleno proceso de compra, pero la entidad, CAIXABANK, me impone unas clausulas dudosas que desconozco su interpretacion, esto es repecto a situacion fiscal y juridica:
1-la vivienda se entrega libre de caargas excepto las urbanisiticas y las residuales registrales por procedencia.
2- El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plus Valía), si se devengase, será de cargo de la parte vendedora.(SALVO QUE EL VENDEDOR SEA CAIXABANK. cuando el vendedor es Caixabank...
3-La parte compradora asume los gastos de servicios consumidos con anterioridad, (la vivienda no tiene agua ni luz) asi como derramas acoradas con anterioridad.
4-La parte vendedora responde y queda obligada del pago de IBI, por los ejercicios devengados con anterioridad al día de hoy, una vez se obtenga por parte del Ayuntamiento correspondiente, el expediente de insolvencia y derivación necesario?? para poder efectuar el pago.
5-¿?La parte compradora expresamente exonera a la vendedora de la obligación de aportar la Certificación sobre el estado de deudas con la Comunidad de Propietarios,
LA MEJOR DE TODAS!!
6-CLÁUSULA DE VENTA DE FINCA SIN ENTREGA DE POSESIÓN
La COMPRADORA manifiesta conocer la situación jurídica de la finca, y en especial, que han sido informados de que la entrega real y física de la posesión de la finca se encuentra pendiente de la preceptiva resolución judicial que se dicte por el Juzgado de Primera Instancia núm. [*] de [*], Autos [*], hecho éste que la COMPRADORA acepta con total indemnidad para la parte VENDEDORA, exonerándola de cualquier responsabilidad y/o reclamación al respecto. INACEPTABLE
No obstante lo anterior, la COMPRADORA manifiesta que no desea subrogarse en dicho procedimiento, quedando plenamente facultada la VENDEDORA para comunicar al Juzgado la pérdida de interés en el procedimiento indicado, con el consiguiente desistimiento o archivo del reiterado procedimiento. En ese caso, la COMPRADORA ejercitará las acciones legales que estime oportunas frente a terceros a fin y efecto de obtener la posesión de la finca objeto del presente Contrato; todo ello con total indemnidad para la parte VENDEDORA, frente a la que renuncia a cualesquier reclamación que pudiere corresponderle.I
Ahora vienen con estas clausulas, yo por mi salia corriendo pero ya he entregado 3.000 eur de Arras, y el prestamo lo tengo ya listo.
puedo cubrirme de algun forma?
Ayuda, Gracias!!