Hola Antoniolopez, buenos días
En primer lugar comentarte que si que se puede reclamar, pero otra cosa muy distinta es si te ha entrado en vigor dicha clausula suelo, ya que normalmente los prestamos hipotecarios suelen tener durante el primer año de duración del mismo un interés fijo y suele ser a partir del primer año cuando pasa a variable.
Eso por un lado, además habria que mirar si te ha pillado la bajada del tipo de referencia, es decir, si en ese año ha bajado por debajo del suelo, cosa que veo dificil. Para poderte asesorar correctamente nos tendrias que enviar la escritura hipotecaria del 2009 y te informariamos sin ningún compromiso.
Lo que si que puedes reclamar es los gastos repercutidos en la formalización de ambas escrituras Hipotecarias y los gastos de la cancelación de la primera en el caso de que la hubieras cancelado.
Espero haberte podido ayudar.
Un saludo.