Si ellos no han notificado nada, tu abuela no puede enterarse. Por esa parte perfecto para vosotros.
La casa NO hay que arreglarse, hay que hacer las reparaciones que determina la LAU. De hecho una de las cosas por la que el contrato se extingue es si la vivienda entra en ruina. Las reparaciones son contadas, se limitan a cosas fundamentales y poco más.
El juez no puede entrar en lo que paga o deja de pagar, y menos en si tu abuela es millonaria o tiene la pensión mínima. Hay un contrato de alquiler vigente, y cada parte tiene sus responsabilidades. Si tu abuela no puede hacer frente a los gastos es problema suyo, lo mismo que si la otra parte no le paga no es problema suyo y podrá desahuciarlos.
Más despacio, el juez no va a admitir nada de eso. Qué fácil sería entonces. ¿hay informes periaciales de que esas obras eran necesarias? ¿hay notificaciones de que se requirió que se hicieran?, y aunque se hubiera negado la solución no es pagar tu toda la reforma a tu gusto y pedir que te lo paguen. La solución es demandar a tu abuela para que ejecute las obligaciones -supuestamente- que tenía por ser la propiedad.
Me suena que tus inquilinos son unos listos, quieren quedarse con la vivienda, han buscado a un abogado listillo, y van a ver que pasa. Te recomiendo que cuando te llegue del juzgado la demanda, busques un abogado que os defienda.
No creo que eso tenga ningún recorrido, y creo mucho menos que un inquilino se haya gastado 50.000 euros en reparar una vivienda de renta antigua, y si es así lo ha hecho por su cuenta y riesgo.
¿os ha llegado ya la demanda de parte del juzado?
Método, disciplina y tiempo