Secretario hace lo que le da la gana - Subastas
Buenas, resulta que me quedé un piso en un procedimiento de cosa común en el que en el propio edicto de subasta se hacían constar una serie de condiciones particulares establecidas por la parte ejecutante, entre ellas:
"no se establece precio mínimo de adjudicación y el precio del remate será definitivo"
"el adjudicatario deberá consignar la cantidad ofrecida en la cuenta del juzgado xxxx-xxxx-xxxx-xx en el plazo máximo de 15 días desde la finalización de la subasta"
pues bien, resulte mejor postor ( la puja máxima rondaba sobre 40% del valor de tasación), remato sin que me hagan el decreto de aprobación de remate (ya que tras llamar me indican que en el edicto lo pone muy claro), hoy llamo al juzgado y un panoli recepcionista me indica que lo último que tiene es diligencia en la que se da traslado a las partes para que presenten tercero, le indico que en el edicto ponía muy claro que el importe obtenido era definitivo, no sabe darme explicación y me dirige a la sra letrada, a lo que me responde que ella ha decidido dar traslado y que si no lo creo conveniente presente recurso por escrito (todo con un tono muy violento)
¿Alguién tiene alguna experiencia en este tema? no se si merece la pena hacer algo o estarse quieto.
Saludos