Debate: ¿está preparado el Tribunal Supremo para llevar los casos de las cláusulas suelo?
La Comisión RESI (Recomendaciones para Evitar Sentencias con Imaginación) pone en tela de juicio la capacidad del Tribunal Supremo para llevar los casos de las cláusulas suelo.
La Comisión RESI está formada por un conjunto de profesionales que se reúne periódicamente, con el objetivo de analizar sentencias del Tribunal Supremo que tratan temas relacionados con mercados e instrumentos financieros. A su juicio, en ocasiones estas sentencias contienen errores que son debidos tanto a una mala interpretación como al desconocimiento financiero.
El estudio que vamos a comentar a continuación ha sido realizado por Pablo Fernández, profesor de finanzas del IESE. En este caso, la sentencia analizada por la Comisión es la Sentencia nº 53/2018 de Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, del 01 de febrero de 2018.
Un cliente pactó con cierto banco un tipo de interés anual, que resultó ser el Euribor+ 1,25%, además de una "cláusula suelo" del 3%. El problema surge porque el Euribor experimentó una fuerte caída a partir del 2008, aunque como hemos dicho, el cliente tenía firmado un mínimo del 3%. Es por este motivo que, en noviembre de 2013, el cliente demandó al banco pidiendo que se mantuviera el crédito hipotecario pero sin la cláusula suelo, y que le reintegrase “las cantidades indebidamente satisfechas en virtud de dicha cláusula suelo del 3%”. El Tribunal dio la razón al demandante, considerando que la cláusula suelo no superaba ni el control de incorporación, ni el control de trasparencia exigido.
Esta sentencia fue revocada por la Audiencia Provincial de Oviedo, que sí entendió que los términos del contrato referentes a dicha cláusula estaban suficientemente claros. Se planteó un recurso ante el Tribunal Supremo, que consideró que la cláusula suelo si bien superaba el control de incoporación, no superaba el de transparencia. Por lo tanto, dio nuevamente la razón al demandante y a la primera sentencia.
En este caso concreto, la Comisión no comparte la decisión tomada por el Tribunal Supremo: no encuentra en absoluto "abusivo" el carácter de la cláusula suelo, que a su forma de ver era totalmente comprensible. Para ello expone una serie de argumentos que encontrarás detalladamente explicados en el informe: Comisión RESI para el Tribunal Supremo (II): Cláusula Suelo, por Pablo Fernández.
Hace poco también se comentó una sentencia referente a un swap de interés que se había firmado por parte de una empresa con un banco, y que se consideró nulo por parte del Tribunal Supremo, alegando "complejidad del producto y difícil comprensión del mismo". En esta ocasión, la Comisión tampoco compartió estas consideraciones, especialmente teniendo en cuenta que en el caso del swap el empresario que hablaba con el banco era economista y tenía contratados otros productos financieros con diversas entidades financieras.
La Comisión RESI, además de aportar y argumentar su punto de vista sobre los fallos de diversas sentencias del TS, invita a la reflexión y está abierta tanto a críticas como a sugerencias y recomendaciones a la hora tratar los problemas que se plantean en cada caso. Tanto es así, que en sus informes se incorporan posibles soluciones a lo que ellos llaman "desconocimiento lógico" por parte de Jueces y Magistrados en materia financiera. Dichas soluciones pasan por la impartición de cursos y seminarios, o incorporar al Gabinete Técnico del Tribunal Supremo personas expertas en instrumentos financieros, valoración de empresas y contabilidad; entre otras.
¿Estáis de acuerdo con la opinión de la Comisión RESI acerca de la cláusula suelo de este caso, o sí que la consideráis abusiva?
¿Es necesario formar en materia financiera a los encargados de impartir justicia, o al menos dotarles de medios para facilitar su toma de decisiones? Desde la Comisión RESI lo tienen claro, y más cuando las decisiones del Tribunal Supremo vinculan al resto de tribunales inferiores, por lo que su repercusión es significativa.