Paga y señal - contrato de arras
Hola.
Hace unos días firmamos con una inmobiliaria una paga y señal con estas condiciones:
Recibe de XXXXXX , la cantidad de DOS MIL EUROS (2000 €), mediante transferencia bancaria en la cuenta de XXXXXX, en concepto de paga y señal de la vivienda sita en XXXXXXXX
, y a cuenta del precio de la operación de venta,Y en las siguientes condiciones particulares:
-Precio compraventa XXX EUROS
-Contrato de arras como máximo antes del próximo día X de X de X: XXXXXX EUROSEsta operación de venta queda supeditada a la autorización expresa del propietario del mencionado inmueble.
Para el supuesto que el propietario no autorizara la venta, se devolverá a XXXXX la cantidad entregada en este
acto, quedando con la devolución de la cantidad, extinguido cualquier compromiso o responsabilidad entre las partes.Y para que conste a los efectos oportunos se firma el presente documento en XXXX, a XXX de XXXX de XXXXX
No me acabo de aclarar qué tipo de "arras" son ,y en consecuencia, sus obligaciones. Diria que confirmatorias.
Ya ha pasado la fecha límite y querría saber si cómo comprador desisto a la compra puedo recuperar la señal.
Cabe comentar que se acabó desistiendo de la compra por omisión de información defectos) de la vivienda.
Gracias