VPO de procedencia bancaria
Buenas tardes,
Soy novato en el mundo de las viviendas. Tengo 30 años y estoy buscando una vivienda. Por medio del banco vi una casa en una localidad de Sevilla (tiene 13 años) acorde a mis necesidades aunque lo veía un pelín caro. Me lancé haciendo una oferta de bajada de precio alegando ciertas reformas necesarias en la casa. Al cabo de un tiempo, la inmobiliaria, quien gestiona la casa del banco, me comenta que la oferta de precio está aprobada pero tiene "cargas". No son cargas tipo económica (por ejemplo embargo).Se trata de una carga de "condición social". Era una vivienda que estaba destinada a colectivos con recursos económicos mas limitados pero por circunstancias ajenas, actualmente es propiedad del banco
A partir de aquí, entiendo que el procedimiento para anular esta "condición social" es desafectar la vivienda. En la nota simple pone lo siguiente:
Esta finca queda sujeta a la reversión automática de los bienes inmuebles cedidos considerándose resuelta la cesión realizada por el Ayuntamiento X a favor de la empresa AAA SL. si
estos no se destinasen al uso previsto de la construcción de viviendas de carácter social dentro del plazo de CINCO AÑOS o dejasen de estarlo, es decir, estar destinada a vivienda de carácter social, en los TREINTA AÑOS siguientes.
¿Alguien me podría decir, en castellano, este párrafo? No lo acabo de comprender
¿Que consecuencias tendría yo, como futuro comprador ahora o o dentro de 6 años cuando lo tenga(adelanté una pequeña señal) ¿Hacienda puede reclamarme algo?
POR FAVOR NECESITO UN EXPERTO EN LA MATERIA!
Gracias a todos!
Un saludos!