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Derecho de uso y habitación - usufructo

4 respuestas
Derecho de uso y habitación - usufructo
Derecho de uso y habitación - usufructo
#1

Derecho de uso y habitación - usufructo

en el caso de una compraventa de una casa actualmente con un único titular se puede especificar en la escritura que los beneficiarios del uso y habitación vitalicios serían dicho titular y su cónyuge...???

#2

Re: Derecho de uso y habitación - usufructo

Como derecho real es perfectamente posible asignar ese derecho a los cónyuges.

Código Civil

Artículo 524

" El uso da derecho a percibir de los frutos de la cosa ajena los que basten a las necesidades del usuario y de su familia, aunque ésta se aumente.

La habitación da a quien tiene este derecho la facultad de ocupar en una casa ajena las piezas necesarias para sí y para las personas de su familia".

 

Saludos

#3

Re: Derecho de uso y habitación - usufructo

El pleno dominio ya incluye el usufructo, y por supuesto el uso y habitación, que es mas restrictivo.

Si lo que quieres decir es que solo compra (paga) uno y el otro también quiere asegurarse el usufructo, o lo compra (paga) también, o el dueño se lo tendrá que regalar (donar). En ese caso, se paga impuesto de donaciones.

Un saludo

#4

Re: Derecho de uso y habitación - usufructo

no sé si me entendiste bien...
nosotros compramos una casa pero queremos ceder el uso y habitación a la pareja que nos la vende...
el tema es que sólo está a nombre de ella...
como se puede hacer para que el cónyuge también tenga derecho de uso y habitación si fallece ella antes...???

#5

Re: Derecho de uso y habitación - usufructo

Muy fácil, se les vende o dona ese derecho a los dos, de forma vitalicia, conjunta y sucesiva.

Si lo que quieres es comprarle a la mujer toda la casa menos ese derecho, entonces para que el cónyuge también lo tuviera, tendrías que donárselo o vendérselo a él, igual que digo arriba, vitalicia, conjunto con su pareja y sucesivo, cuando fallezca uno, mantiene su derecho el otro.

Un saludo