Derecho de uso y habitación - usufructo
en el caso de una compraventa de una casa actualmente con un único titular se puede especificar en la escritura que los beneficiarios del uso y habitación vitalicios serían dicho titular y su cónyuge...???
en el caso de una compraventa de una casa actualmente con un único titular se puede especificar en la escritura que los beneficiarios del uso y habitación vitalicios serían dicho titular y su cónyuge...???
Como derecho real es perfectamente posible asignar ese derecho a los cónyuges.
Código Civil
Artículo 524
" El uso da derecho a percibir de los frutos de la cosa ajena los que basten a las necesidades del usuario y de su familia, aunque ésta se aumente.
La habitación da a quien tiene este derecho la facultad de ocupar en una casa ajena las piezas necesarias para sí y para las personas de su familia".
Saludos
El pleno dominio ya incluye el usufructo, y por supuesto el uso y habitación, que es mas restrictivo.
Si lo que quieres decir es que solo compra (paga) uno y el otro también quiere asegurarse el usufructo, o lo compra (paga) también, o el dueño se lo tendrá que regalar (donar). En ese caso, se paga impuesto de donaciones.
Un saludo
no sé si me entendiste bien...
nosotros compramos una casa pero queremos ceder el uso y habitación a la pareja que nos la vende...
el tema es que sólo está a nombre de ella...
como se puede hacer para que el cónyuge también tenga derecho de uso y habitación si fallece ella antes...???
Muy fácil, se les vende o dona ese derecho a los dos, de forma vitalicia, conjunta y sucesiva.
Si lo que quieres es comprarle a la mujer toda la casa menos ese derecho, entonces para que el cónyuge también lo tuviera, tendrías que donárselo o vendérselo a él, igual que digo arriba, vitalicia, conjunto con su pareja y sucesivo, cuando fallezca uno, mantiene su derecho el otro.
Un saludo