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Tasación vivienda por registro con menos metros reales

2 respuestas
Tasación vivienda por registro con menos metros reales
Tasación vivienda por registro con menos metros reales
#1

Tasación vivienda por registro con menos metros reales

En el trámite de vender una vivienda, la tasación del Banco al comprador han tenido en cuenta los metros del registro de la propiedad. Pero en el catastro pone más metros y en realidad tiene más metros que incluso en el catastro. El tasador midió la vivienda pero no me dijo nada y ahora al comprador la dan un precio de tasación sobre los metros del registro, no de los reales, y lógicamente no le llega ni siquiera al precio de venta.
¿Se pueden modificar los metros del registro de la propiedad, aunque sea actualizándolo con los de catastro? 
¿Las tasaciones de los inmuebles se toman en base al registro y no a los metros reales?

Me gustaría saber si incluso podría hacer una rectificación de exceso de cabida, pero al ser un piso y el edificio en su día era de VPO aunque yo lo compré como vivienda libre, si es imposible actualizar los metros. Y el coste aproximado si alguien lo sabe.

¿Todos esos trámites los tendría que hacer con un notario o en el registro de la propiedad?
Gracias.
#2

Re: Tasación vivienda por registro con menos metros reales

Buenos días @pedro33
creo que sí que podrías tramitar el exceso de cabida, pero este trámite deberías realizarlo ante notario, quien mejor te podrá decir si es viable o no. 
Un saludo! 
#4

Re: Tasación vivienda por registro con menos metros reales

Yo creo que las tasaciones se tienen en cuenta con respecto a los metros comprobados, si no hay una chapuza inmobiliaria no debería haber problemas, me refiero con chapuza inmobiliaria que el constructor registrará los metros que le diera la gana algo bastante habitual del 1950 a 1970. 

Muchas veces los metros catastrales y los registrales no van a coincidir porque los criterios a la hora de considerarlos son distintos vamos que si vives en una buhardilla todo lo que no llegue a 1.5 m de altura no se considera ni en registro ni para tasar pero para los señores de hacienda cuenta para cobrar. Y no habría exceso de cabida es por los temas de normas urbanísticas.