#1
Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)
Buenas foreros,
Este año me surgen algunas dudillas (como todos los años...) que a ver si alguien me puede ayudar a resolver:
1 - La sustitución de un mando para acceder con el coche al recinto de la mancomunidad (entrega del viejo inservible por uno nuevo) ¿podría incluirse entre "Gastos de reparación y conservación" o incluirse en algún sitio? Hasta ahora había metido ahí cuando hacía falta algún trabajo de fontanería para reparar alguna avería, pero esto del mando es la primera vez que me ocurre.
2 - El mantenimiento de caldera anual solía incluirlo en años anteriores dentro de "Otros gastos fiscalmente deducibles" junto con el Seguro de Hogar o Seguro de Impago, pero este año los seguros tienen su propia casilla de "Primas de contrato de seguros" por lo que ¿dónde lo incluiríais vosotros? Este tipo de contrato de mantenimiento preventivo bien podría considerarse una prima de seguro, pero bueno, por si acaso alguien lo tiene claro.
3 - Al hacer la Amortización del Inmueble, que ahora en vez de sacar tú el 3% con lápiz y papel, te dan las casillas a rellenar para llegar a ese mismo resultado, te pide introducir -entre otras muchas cosas- Año de adquisición (que entiendo que es cuándo se compró el piso) y cuánto tiempo ha estado arrendado en 2019. Pues bien, si el contrato del alquiler tiene fecha julio de 2019 aunque haya estado los 365 días alquilado (ya que son los mismos inquilinos pero se acabó en esas fechas y lo renovamos con cambio de condiciones) la aplicación te dice que la fecha del contrato no concuerda con los 365 días que ha estado en uso. Sin embargo, si pongo la anterior fecha que es de 2016, no pone pegas y deja continuar. ¿Lo dejaríais así o estoy haciendo algo mal?
4 - Como extra al punto 3, también hay una casilla para "Gastos y tributos inherentes a la adquisición" que jamás había incluido en mis cálculos en años anteriores. ¿Realmente se pueden incluir? porque no recuerdo ahora, tengo que mirarlos, pero seguro que no fueron poca cosa (tasación, gestoría, notaría, etc).
Visto ahora escrito menudo tochazo, disculpad. Si esto ya ha sido comentado en otro hilo y me podéis pasar el enlace os lo agradecería, yo no he visto nada.
Muchísimas gracias.
Este año me surgen algunas dudillas (como todos los años...) que a ver si alguien me puede ayudar a resolver:
1 - La sustitución de un mando para acceder con el coche al recinto de la mancomunidad (entrega del viejo inservible por uno nuevo) ¿podría incluirse entre "Gastos de reparación y conservación" o incluirse en algún sitio? Hasta ahora había metido ahí cuando hacía falta algún trabajo de fontanería para reparar alguna avería, pero esto del mando es la primera vez que me ocurre.
2 - El mantenimiento de caldera anual solía incluirlo en años anteriores dentro de "Otros gastos fiscalmente deducibles" junto con el Seguro de Hogar o Seguro de Impago, pero este año los seguros tienen su propia casilla de "Primas de contrato de seguros" por lo que ¿dónde lo incluiríais vosotros? Este tipo de contrato de mantenimiento preventivo bien podría considerarse una prima de seguro, pero bueno, por si acaso alguien lo tiene claro.
3 - Al hacer la Amortización del Inmueble, que ahora en vez de sacar tú el 3% con lápiz y papel, te dan las casillas a rellenar para llegar a ese mismo resultado, te pide introducir -entre otras muchas cosas- Año de adquisición (que entiendo que es cuándo se compró el piso) y cuánto tiempo ha estado arrendado en 2019. Pues bien, si el contrato del alquiler tiene fecha julio de 2019 aunque haya estado los 365 días alquilado (ya que son los mismos inquilinos pero se acabó en esas fechas y lo renovamos con cambio de condiciones) la aplicación te dice que la fecha del contrato no concuerda con los 365 días que ha estado en uso. Sin embargo, si pongo la anterior fecha que es de 2016, no pone pegas y deja continuar. ¿Lo dejaríais así o estoy haciendo algo mal?
4 - Como extra al punto 3, también hay una casilla para "Gastos y tributos inherentes a la adquisición" que jamás había incluido en mis cálculos en años anteriores. ¿Realmente se pueden incluir? porque no recuerdo ahora, tengo que mirarlos, pero seguro que no fueron poca cosa (tasación, gestoría, notaría, etc).
Visto ahora escrito menudo tochazo, disculpad. Si esto ya ha sido comentado en otro hilo y me podéis pasar el enlace os lo agradecería, yo no he visto nada.
Muchísimas gracias.