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Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

14 respuestas
Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)
Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)
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#1

Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

Buenas foreros,

Este año me surgen algunas dudillas (como todos los años...) que a ver si alguien me puede ayudar a resolver:

1 - La sustitución de un mando para acceder con el coche al recinto de la mancomunidad (entrega del viejo inservible por uno nuevo) ¿podría incluirse entre "Gastos de reparación y conservación" o incluirse en algún sitio? Hasta ahora había metido ahí cuando hacía falta algún trabajo de fontanería para reparar alguna avería, pero esto del mando es la primera vez que me ocurre.

2 - El mantenimiento de caldera anual solía incluirlo en años anteriores dentro de "Otros gastos fiscalmente deducibles" junto con el Seguro de Hogar o Seguro de Impago, pero este año los seguros tienen su propia casilla de "Primas de contrato de seguros" por lo que ¿dónde lo incluiríais vosotros? Este tipo de contrato de mantenimiento preventivo bien podría considerarse una prima de seguro, pero bueno, por si acaso alguien lo tiene claro.

3 - Al hacer la Amortización del Inmueble, que ahora en vez de sacar tú el 3% con lápiz y papel, te dan las casillas a rellenar para llegar a ese mismo resultado, te pide introducir -entre otras muchas cosas- Año de adquisición (que entiendo que es cuándo se compró el piso) y cuánto tiempo ha estado arrendado en 2019. Pues bien, si el contrato del alquiler tiene fecha julio de 2019 aunque haya estado los 365 días alquilado (ya que son los mismos inquilinos pero se acabó en esas fechas y lo renovamos con cambio de condiciones) la aplicación te dice que la fecha del contrato no concuerda con los 365 días que ha estado en uso. Sin embargo, si pongo la anterior fecha que es de 2016, no pone pegas y deja continuar. ¿Lo dejaríais así o estoy haciendo algo mal?

4 - Como extra al punto 3, también hay una casilla para "Gastos y tributos inherentes a la adquisición" que jamás había incluido en mis cálculos en años anteriores. ¿Realmente se pueden incluir? porque no recuerdo ahora, tengo que mirarlos, pero seguro que no fueron poca cosa (tasación, gestoría, notaría, etc).

Visto ahora escrito menudo tochazo, disculpad. Si esto ya ha sido comentado en otro hilo y me podéis pasar el enlace os lo agradecería, yo no he visto nada.

Muchísimas gracias.
#3

Re: Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

Las indicaciones de ese enlace lamentablemente no me sirven para lo que preguntaba, pero gracias!!

Este año el apartado de "Amortización de inmueble" ha pasado de ser una sola casilla en donde antes calculabas tú por tu cuenta el importe y ponías la cifra directamente, a ser un apartado entero con un montón de casillas que si del valor catastral, de construcción, días que ha estado alquilado, fecha de adquisición... además de los que mencionaba yo antes. Por eso me extrañó también ver lo de "Gastos y tributos inherentes a la adquisición", porque hasta ahora nunca lo había incluido y debe ser un pico. Y tampoco me queda claro si es obligatorio rellenarlos todos, porque yo he rellenado los justos para sacar la amortización del 3% y por poder, podría dejarlo así, pero le queda a uno la duda al final.

En cuanto a lo demás, pues era sobre todo por si alguien por experiencia propia o ajena sabía si se puede poner o no el mando del aparcamiento, y en cuanto a lo de la caldera sé que se puede incluir, pero este año como han ampliado las casillas a rellenar me surgen dudas de dónde ubicarla.

Un saludo a todos.

PD: Hasta ahora nunca me había hecho falta, pero si llamo a Hacienda (no sé muy bien a qué nº) podrían resolver todas estas dudas por tlf¿?
#4

Re: Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

La atención teléfonica de Hacienda, según dicen, es pésima.

Dudo que te resuelvan esos apsectos tan concretos.

Un saludo.
#8

Re: Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

Intento subir el hilo a ver si alguien por casualidad que sepa, lo ve.
#9

Re: Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

Hola, a ver si puedo ayudarte.

1. Sí, en gastos está bien. 

De la 2 a 4, yo no estoy desglosando las partidas de 'Otros gastos fiscalmente deducibles' y las imputo todas juntas en una sola casilla, como venía siendo hasta ahora. Fíjate que no es obligatorio rellenar esaos desgloses y al final de la declaración aparecen como información voluntaria opcional. 

Los gastos de adquisición de la vivienda son la factura de notario, registro, gestoría, AJD e ITP que pagaste y puedes amortizar también con la regla del 3% anual. Si estás pagando hipoteca, los intereses se deducen en otra casilla.


#10

Re: Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

Muchas gracias compañero.

Entonces para los "gastos de adquisición"... ¿hay que aplicar también el 3% a cada uno de ellos? No había reparado en ello y es lo que entiendo de tu mensaje, pero por confirmar y no liarla, ya que yo cuando hice la simulación el otro día lo hice con esos gastos a pelo, sin aplicar ningún % (todavía no la he presentado).

Y en cuanto a las demás casillas dentro de "Amortización del inmuebe" no me ha quedado clara una cosa, ¿dices que todas estas son voluntarias o a cuáles te refieres? Yo en años anteriores lo de la Amortización lo incluía en una casilla y los "gastos fiscalmente deducibles" en otra, pero entiendo que tú lo metías todo a cascoporro en esta última.

Perdona tanta preguntita sobre lo mismo que ya has dicho pero debo estar espesito.

Muchísimas gracias de nuevo por contestar!!
#11

Re: Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

Yo siempre he rellenado 'a cascoporro' sólo dos casillas en las que he agregado todos los gastos que le corresponden: una es 'gastos de conservación y obras' y la otra es 'Otros gastos fiscalmente deducibles'. Todas las demás casillas donde se desglosan estos gastos son las que digo voluntarias opcionales, no es obligatorio que indiques cada concepto como la comunidad de propietarios y los seguros.

En 'Otros gastos fiscalmente deducibles' le agregas cuota de comunidad, seguros, suministros si corresponde, deudas reconocidas, gastos jurídicos, IBI, tasas de basura y alcantarillado y las amortizaciones del inmueble al 3%. Atención porque también puedes amortizar el mobiliario y las mejoras que hayas realizado en la vivienda al 5% o 10% para 20 o 10 años respectivamente.

En la amortización del 3% puedes usar dos cálculos: el más simple es aplicar un 3% al valor de construcción catastral, que no es tu caso; el otro caso es aplicar el 3% al coste de adquisición, que sí es tu caso, y este coste incluye el precio que pagaste y escrituraste por el inmueble más los gastos de compraventa que te he indicado antes (si hubo comisiones de agencia inmobiliaria también los puedes añadir). Entonces, sí puedes aplicar el 3% a cada uno de esos conceptos. Y el 3% de deducción por amortización lo podrás aplicar durante 33 años o hasta que transmitas la vivienda.
#12

Re: Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

Muy bien explicado todo. De las rentas que yo hago casi siempre se tiene en cuenta el 3% del precio de adquisición (precio escriturado +gastos), ya que se coge el mayor valor entre el precio de adquisición y el VC de la edificación. 
El compañero nombraba la tasación. Yo no tengo tan claro si ese gasto se puede meter como mayor valor de compra. Igual si, pero yo no lo tengo tan claro. 
Otra deducción sería por ejemplo la amortización (un 10% anual, por ejemplo) de la compra de una lavadora, un sofá, que muy bien habéis hecho mención, pero tiene que aparecer en el contrato de alquiler, tienen que haberse comprado para ese alquiler (no vale mobiliario anterior, si estoy equivocado rectificarme) y conservar la factura. 
#13

Re: Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

Buenas noches, al hilo de esta pregunta, tengo yo otra. En el año 2019 se fue un inquilino y entraron 2 chicas, a efectos de poner la fecha cual hay que poner? la del primer inquilino que fue del 2018, o las chicas estas que entraron en octubre? porque entonces no saldrá el número de días que ha estado alquilado. Alguien ha tenido alguna cosa parecida?
Saludos y gracias anticpadas. 
#14

Re: Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

Qué rabia, no había visto la notificación de que me habías respondido!!

Gracias compañero. Una cosa y creo que la última, antes de liarla... Entiendo que esto de aplicar el 3% no solo del precio de compra si no de los otros gastos que mencionáis, es cuando el piso está alquilado al 100% y no se utiliza como vivienda habitual ¿correcto? Es que pregunté a quien me dijo en su día lo del 3% del precio de compra y me dijo que los gastos de compra se podían deducir solo si era vivienda habitual, pero no descarto que no lo sepa a ciencia cierta ya que este no es su campo. El único que se lía aquí soy yo que no tengo mucha idea y voy aprendiendo según me encuentro el problema.

Perdonad que sea tan coñazo pero en estos temas, mejor ser precavido :-DDD

Un abrazo y gracias nuevamente.

PD: lo del bien mueble eso sí lo tengo claro, precisamente compré una lavadora en 2019 y tengo ahí el ticket y todo para aplicarle el 10%.. Que por cierto, aprovecho para preguntaros... Este año piden poner el CIF de quien prestó el servicio (por ejemplo la venta de la lavadora o la sustitución del mando del parking). Es necesario ponerlo realmente o es voluntario¿? Del de la lavadora sí me aparece en el ticket, pero del mando del parking que lo suministró la comunidad, no aparece nada en cuyo caso les tendré que decir que me lo digan.
#15

Re: Dudas varias como Arrendador (Amortización del Inmueble y otros)

No me ha ocurrido pero entiendo que primero prevalece el contrato del inquilino que se fue y luego el nuevo, por lo que deberías indicar la fecha del primero. Luego, puedes modificar el número de días efectivos que ha estado alquilado en el año, teniendo en cuenta el segundo contrato.