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Rescisión de contrato en vigor durante Cuarentena - contrato de alquiler

5 respuestas
Rescisión de contrato en vigor durante Cuarentena - contrato de alquiler
Rescisión de contrato en vigor durante Cuarentena - contrato de alquiler
#1

Rescisión de contrato en vigor durante Cuarentena - contrato de alquiler

Alquilo una habitación de casa. Tengo contrato con la inquilina desde el 15enero 2020 al 31 julio 2020. Me dice ahora que ha encontrado algo mejor y que se marcha a final de este mes. Por si algún experto me puede aclarar si está obligada a pagar hasta julio que cumple los primeros 6 meses o si se puede ir cuando quiera. Gracias a todos 
#2

Re: Rescisión de contrato en vigor durante Cuarentena - contrato de alquiler

lo que pong en el contrato
#3

Re: Rescisión de contrato en vigor durante Cuarentena - contrato de alquiler

Que cabrón eres, jejeje.

Saludos
#4

Re: Rescisión de contrato en vigor durante Cuarentena - contrato de alquiler

Pues depende si era su vivienda habitual, que deduzco que sí. Según la LAU, todo contrato de vivienda habitual inferior a un año se alargará automáticamente a mínimo un año hasta 5 años y, en este caso, los primeros 6 meses de contrato son obligatorios, así que podrías cobrárselos. No obstante, si esta no era su vivienda habitual, el contrato no tiene una duración mínima ni un periodo obligatorio de cumplimiento.
#5

Re: Rescisión de contrato en vigor durante Cuarentena - contrato de alquiler

Dependera de lo que ponga en el contrato: si es arrendamiento de vivienda habitual o de temporada.
#6

Re: Rescisión de contrato en vigor durante Cuarentena - contrato de alquiler

En verdad no, porque la diferencia entre un tratamiento y otro se basa en el uso que le da el inquilino al inmueble y no lo que ponga el contrato. Mientras se considere como la vivienda habitual del inquilino y no su segunda residencia o vacacional, todo contrato quedará supeditado a los correspondientes artículos de la LAU, aunque se trate de un contrato de temporada. La realidad es que existen muchos contratos de temporada que, por desconocimiento o no, a efectos legales se consideran de vivienda habitual porque el inquilino tiene su residencia establecida ahí.