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Deposito Fianza en la Cesión de Alquiler en Andalucía
Sobre la obligación de depositar la fianza del alquiler en la Junta de Andalucía, tengo entendido que ésta prescribe a los 2 o a los 5 años.
Tengo un contrato antiguo firmado por mi marido (fallecido a día de hoy) con el inquilino en abril de 2008. Y en febrero de 2020 hacemos una cesión del arrendamiento al hermano del inquilino anterior.
Necesito saber si esta obligación está prescrita o exenta por provenir de mi marido. Ya que en la cesión de 2020 no se menciona ningún movimiento de fianza. Aunque además de este documento firmamos un contrato aparte con el nuevo inquilino.
Y, en este caso, que debería aportar al inquilino para que pueda solicitar la ayuda que ha convocado el gobierno a los arrendadores de locales con motivo del covid-19.
Gracias
Gracias