#1
Subasta vivienda colindante y "abandonada"
Buenas noches. A ver si soy capaz de explicarme y aunque tengo cita en el abogado en unos días, me gustaría tener una idea antes de ir.
La familia tiene una vivienda en situación de pro indiviso por cuestión de herencia, que es una planta baja (más adelante tenemos intención de disolver el pro indiviso si se dan unas condiciones).
La planta primera lleva abandonada desde hace 30 años, han tenido 4 anotaciones de embargo en el registro por parte del Ayuntamiento pero ninguna anotación ha llegado a embargo y subasta del inmueble. No es vivienda habitual, de hecho en el registro aun figuran los dueños fallecidos, los herederos por así decirlo no se han hecho cargo del inmueble ni han "arreglado" la documentación.
Tiene unas cargas por impago de IBI, recargos, etc. He leído que el IBI te pueden reclamar 4 años, pero en la ultima anotación de embargo figuran bastantes mas de 4 años por la cuantía que indica.
Tenemos interés en adquirir la vivienda ya que por una parte es un trastorno y problema tener una vivienda abandonada encima y en algún momento esa situación tiene que solucionarse y por otra parte estamos valorando el adquirir ambas, la abandonada y la de herencia.
La cuestión es que mi abogada me indica que puedo solicitar (no se el nombre técnico) el levantamiento de testamento o similar si soy acreedor, para ello bastaría con realizar una obra como puede ser el arreglo del tejado.
Que consejos me podéis dar, problemas que veis en esta situación?.
La ultima anotación de embargo caducará en el 2022. Puedo antes o después de la subasta evitar el pago de toda la cuantía que reclama el Ayuntamiento y únicamente abonar los 4 años de IBI?. Tendría alguna preferencia en la subasta al ser acreedor y solicitar el embargo antes que la propia administración aunque su anotación de embargo sea anterior (suponiendo que no caduque antes del inicio de todo el tramite judicial)?
Mi intención ya que los herederos no quieren ni vender, ni hacerse cargo de la vivienda es forzar la subasta. Bien para adquirir la propiedad o bien para que la adquiera otro y que la arregle ya que la administración es incapaz de darle solución después de 4 anotaciones de embargo y unos 20 años. Solo me dicen que es un tramite lento pero no avanza. Por ello he decidido que lo mejor es iniciar otro camino.
Es un tema complejo y delicado. Agradecería vuestros comentarios, aunque sea únicamente por añadir puntos de confusión o problemáticos. Gracias!
La familia tiene una vivienda en situación de pro indiviso por cuestión de herencia, que es una planta baja (más adelante tenemos intención de disolver el pro indiviso si se dan unas condiciones).
La planta primera lleva abandonada desde hace 30 años, han tenido 4 anotaciones de embargo en el registro por parte del Ayuntamiento pero ninguna anotación ha llegado a embargo y subasta del inmueble. No es vivienda habitual, de hecho en el registro aun figuran los dueños fallecidos, los herederos por así decirlo no se han hecho cargo del inmueble ni han "arreglado" la documentación.
Tiene unas cargas por impago de IBI, recargos, etc. He leído que el IBI te pueden reclamar 4 años, pero en la ultima anotación de embargo figuran bastantes mas de 4 años por la cuantía que indica.
Tenemos interés en adquirir la vivienda ya que por una parte es un trastorno y problema tener una vivienda abandonada encima y en algún momento esa situación tiene que solucionarse y por otra parte estamos valorando el adquirir ambas, la abandonada y la de herencia.
La cuestión es que mi abogada me indica que puedo solicitar (no se el nombre técnico) el levantamiento de testamento o similar si soy acreedor, para ello bastaría con realizar una obra como puede ser el arreglo del tejado.
Que consejos me podéis dar, problemas que veis en esta situación?.
La ultima anotación de embargo caducará en el 2022. Puedo antes o después de la subasta evitar el pago de toda la cuantía que reclama el Ayuntamiento y únicamente abonar los 4 años de IBI?. Tendría alguna preferencia en la subasta al ser acreedor y solicitar el embargo antes que la propia administración aunque su anotación de embargo sea anterior (suponiendo que no caduque antes del inicio de todo el tramite judicial)?
Mi intención ya que los herederos no quieren ni vender, ni hacerse cargo de la vivienda es forzar la subasta. Bien para adquirir la propiedad o bien para que la adquiera otro y que la arregle ya que la administración es incapaz de darle solución después de 4 anotaciones de embargo y unos 20 años. Solo me dicen que es un tramite lento pero no avanza. Por ello he decidido que lo mejor es iniciar otro camino.
Es un tema complejo y delicado. Agradecería vuestros comentarios, aunque sea únicamente por añadir puntos de confusión o problemáticos. Gracias!