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¿Retención del 3% cuando el vendedor es no residente?
Buenas noches. Estoy negociando la compra de una vivienda y en la legislación me encuentro lo siguiente: cuando el vendedor es no residente en España "La persona que adquiere el inmueble, sea o no residente, está obligada a retener e ingresar en el Tesoro Público el 3 por 100 de la contraprestación acordada. Esta retención tiene para el vendedor el carácter de pago a cuenta del impuesto que corresponda por la ganancia derivada de la transmisión. Por tanto, el adquirente entregará al vendedor no residente un ejemplar del modelo 211 (con el que se ha ingresado la retención), a fin de que este último pueda deducir la retención de la cuota a ingresar resultante de la declaración de la ganancia. Si la cantidad retenida es superior a la cuota a ingresar, se podrá obtener la devolución del exceso. En el caso de que la retención no se ingrese, el inmueble quedará afecto al pago del importe que resulte menor entre la retención y el impuesto correspondiente."
¿Alguien me podría explicar qué significa eso? Muchas gracias.
¿Alguien me podría explicar qué significa eso? Muchas gracias.