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Contrato de arras y transparencia de inmobiliaria

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Contrato de arras y transparencia de inmobiliaria
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Contrato de arras y transparencia de inmobiliaria
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Contrato de arras y transparencia de inmobiliaria

 Buenas a todos. Esto es una duda en tema compraventa de inmueble, tema arras, supongo que estoy en el subforo adecuado...

Según Código Civil Catalán, en su artículo 621-49, aquí el vendedor deberá devolver las arras al comprador cuando el comprador no obtenga la financiación de su entidad bancaria. En este punto querría saber si es necesaria la negativa de más de una entidad financiera o no? El CC no lo especifica, pero tal como son de piratas las inmobiliaras los veo agarrándose a cualquier cosa. En mi caso, además de estar sujeto a ese artículo, en el mismo contrato de arras especifica esa condición de que van condicionadas a la hipoteca. El caso es que más de un banco me deniega la hipoteca por no ser fijo, y no quiero estar buscando financiación debajo de las piedras, quisiera el retorno de arras e irme a algo más económico (o bien que me rebajen precio, también lo aceptaría yo).

Cómo creéis que debo proceder? Y por mi cuenta o con abogado? Me da miedo que simplemente me "den largas" y de ese modo ni las recupere ni llegase al plazo para hipotecar/escriturar.


Por otro lado quisiera añadir que durante la tasación se ha descubierto alguna irregularidad urbanística (zona calificada como comercial/restaurantes ya que el bloque de viviendas es antiguo y ahí hay un restaurante),  y que hay vecinos okupas. Son cositas que tienen una importancia relativa, y no quitan que la inversión pueda ser buena igualmente, pero me hace plantearme echarme atrás si es posible ya que la inmobiliaria no me informó de ello. 

Gracias de antemano