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Usufructo vitalicio. Reparto gastos.
Os expongo mi caso y os agradecería que me dijeseis si es correcto el planteamiento.
Piso comprado en 2004 por 76.000 euros, mi marido y yo la nuda propiedad y mis suegros el usufructo vitalicio (66 años el más joven), decir que en la escritura de compra no se le da valor alguno al usufructo. Muere mi suegro y el usufructo pasa a su mujer. En 2023, vendemos la nuda y el usufructo.
-El valor de transmisión lo tengo claro, como mi suegra tenía 85 años pues le correspondería el 10% del valor que pusimos en la escritura 100.000 euros.
-El valor de adquisición sería 89-66 = 23% de 76.000 y el valor para la nuda sería el 77% de 76.000.
-Respecto a los gastos, tengo dudas ya que todos los pagamos mi marido y yo, las facturas están a nuestro nombre. Es por ello, que no sé si podemos deducirnos todos los gastos o si hay que repartirlos en proporción a los tantos por ciento correspondientes. Alguien sabe que opina la Agencia Tributaría sobre el reparto de los gastos.
“Gastos y tributos inherentes a la adquisición (excepto intereses), satisfechos por el adquirente”.
Muchas gracias.