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Renta emancipación ¿cuando leñes se cobra? - alquiler

12 respuestas
Renta emancipación ¿cuando leñes se cobra? - alquiler
Renta emancipación ¿cuando leñes se cobra? - alquiler
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#1

Renta emancipación ¿cuando leñes se cobra? - alquiler

Solo una pregunta.
¿Hay algún tope de tiempo previsto para empezar a cobrar los 210 euros?. A un familiar mio se la concedieron en Octubre del año pasado, y todavía en Julio de este año no han ingresado nada. Dice el de la gestoría que si, que se cobra, aunque tarde, pero la cosa es ¿cuando?. No se donde he visto que el máximo para que te paguen es 2 años, pero vista la situación actual no me fio que no sean 20.

#2

Re: Renta emancipación ¿cuando leñes se cobra? - alquiler

El real decreto que regula eso no dice nada de el tiempo que tardan en pagar. Recuerda que la Comunidad Autónoma es la responsable de reconocerte el derecho, es decir, de reconocer que ganas menos de 22.000, de que tienes menos de 30 años, y de que no la has cobrado antes. También se encarga de ver que en esa vivienda no hay otro inquilino cobrando esa renta, por cuestiones de estafa.

Cuando eso ha sucedido te enviarán una carta certificada comunicandote reconocido el derecho y de forma paralela informa al Ministerio de la Vivienda (ahora fomento pero da igual) que tienen que pagarte.

En primer lugar me centraría en investigar si tu Comunidad ya te ha reconocido el derecho, que tardan 2 meses aproximadamente, y ver/buscar esa notificación, que debes tenerla tú. Posteriormente si ha pasado tanto tiempo deberías haber recibido un mail con una contraseña donde puedes ver en la web de la RBE si estás pendiente de cobro o de si hay alguna incidencia.

Si todo está correcto cobrarás, el día menos pensado te "vuelcan" los ingresos de 210 euros de tirón, tantos como meses tengas pendiente y luego ya mensualmente.

Recuerda que tienes que domiciliar el pago en tu banco y además tienes que hacerlo con una referencia que te viene en la carta, ya que todo está informatizado y ese es el rastro informático.

Recuerda también que si el límite de los 22.000 euros lo superas en 1 céntimo de euro al fecha 31/12 tienes que notificar y devolver la ayuda, no te hagas el sueco que me consta que están solicitando la devolución de la ayuda a un montón de peña. Igualmente si cumples + de 30 tienes que notificarlo.

Si quieres un consejo, descargate el RD, leel (que son 6-7 páginas) y toma tú las riendas del tema, si lo dejas en manos de una gestoría, con todos mis respetos, serás un cliente más, y al que le duele la china en el zapato es a ti.

Suerte.

Método, disciplina y tiempo

#3

Re: Renta emancipación ¿cuando leñes se cobra? - alquiler

Todos los requisitos se cumplen, y ya tenemos la carta con el visto bueno desde el mes siguiente en que lo solicitó. La cosa es que ahora en Julio ha terminado con el alquiler (Septiembre-Julio), y no volverá a pedirlo porque se pasará de ingresos, se muda de piso, etc. Es decir, que ya ha pasado todo el tiempo que ha estado alquilado y aún no le han pagado. Me dicen que lo pagarán de golpe todo, pero que no saben cuando. Además no hay ningún sitio donde ir a informarse que yo sepa, así que a esperar. La pregunta era si había un tope de espera.
PD: la comunidad es Castilla la Mancha

#4

Re: Renta emancipación ¿cuando leñes se cobra? - alquiler

No te preocupes que cobrará.

Si cumplia las condiciones y tenía la resolución cobrará seguro.

Da igual que se haya marchado del piso, cobrará desde el mes siguiente al que se solicitó hasta julio, todo de una tacada. ¿os ha llegado un sms con una contraseña donde podéis ver vuestro expediente aquí:

https://rbe.vivienda.es

Tope de espera no hay, y da igual la comunidad, ellos ya han hecho su trabajo que es reconocerte el derecho, ahora la pelota está en el tejado de Pepiño Blanco (que Dios te pille confesado) :-)

Salu2.

Método, disciplina y tiempo

#5

Re: Renta emancipación ¿cuando leñes se cobra? - alquiler

Oye, ¿y cuando venga la prestación y la paguen, al año próximo hay que declararlo en hacienda?. ¿Como afecta con la que se pide por estar alquilado de forma normal?.

#6

Re: Renta emancipación ¿cuando leñes se cobra? - alquiler

1º. Si. El ingreso que te hace el ministerio de la vivienda tiene que reflejarse en el declaración de la renta, no recuerdo como computa, pero hay que ponerla en algún sitio.

2º/ No se a que te refieres con la que se pide por estar alquilado de forma normal. Hasta donde yo conozco para gente que gane menos de 24.000 euros (creo recordar) puedes desgravarte el alquiler, hasta un 10% o algo así. Es que la renta me la hacen, podría mirarlo a ver.

Hay otra ayuda al alquiler pero son incompatibles, no puedes cobrar las dos, o pides una o la otra. Tendría que revisar lo que te digo, te hablo de memorieta.

Saludos.

Método, disciplina y tiempo

#7

Re: Renta emancipación ¿cuando leñes se cobra? - alquiler

La RBE hay que declararla como ganancia patrimonial, solo están exentos los inquilinos vizcaínos, la hacienda Foral les exime.

yo estoy en el caso contrario, tengo que devolver 810 €(600 € del aval + 210 € de un mes que me pagaron de más) y el ministerio no me emite la puñetera carta de pagos, hasta dudo que hayan emitido alguna en su vida.. luego me lo pedirán con intereses,como si lo viera...

#8

Re: Renta emancipación ¿cuando leñes se cobra? - alquiler

En la práctica entre 6-8 meses que te abonan de golpe.
Luego SUELEN ingresar sobre los días 17 pero no esperes el ingreso ese día para hacer la compra o puede que varios días oigas tus tripas rugir.

Saludos