Creo que no llegamos a entendernos, lo voy a repetir por última vez y ya lo dejo por imposible.
1º. He hablado del procedimiento habitual. Para ser borrado de un fichero de acreedores hay que acreditar que la deuda ya no está vigente: por haberla pagado, por haber prescrito o por lo que sea. Igualmente, puede haber prescrito el plazo máximo en el que puedes estar inscrito en el registro de morosos. Lo habitual es haber pagado y dirigirse al acreedor a que te firme una carta o te dé un certificado de que no les debes nada. Si consideras que es meterse en la boca del lobo o un suicidio, tú sabrás por qué (y más si consideras que llevas razón).
2º. El plazo habitual es de 5 años, pero NO EN TODOS LOS CASOS. Debe haber inacción del acreedor, porque como puse anteriormente, estos plazos se interrumpen en el caso de que hayan realizado acciones encaminadas a su cobro. Puedes leerte el artículo 1966 del Código Civil. Este plazo de prescripción, no quiere decir que NO LES DEBAS NADA, sino que no pueden reclamarte judicialmente. Esa deuda, podrá desaparecer del fichero de morosos, pero podrá seguir estando presente en los ficheros de Movistar muchos más años.
Salu2.