Fiscalidad Crowdlending
Despues de un año probando varias plataformas y viendo las dudas que he tenido al hacer la declaración de la renta, he pensado en recopilar un poco de información referente a la fiscalidad de las más conocidas varias plataformas. Aunque en general en la gran mayoría de ellas el tratamiento de los beneficios obtenidos es el mismo con poca variación, he encontrado una excepción y me preguntaba cuantos rankianos tendrían dudas y/o si querrían añadir más plataformas y el tratamiento fiscal. Aunque tarde para esta campaña ( este año casi me pilla el toro ) espero que sea de ayuda a futuros inversores.
El tratamiento fiscal de los beneficios obtenidos por las plataformas de crowdlending en general es el mismo que el de dividendos o de depósitos y cuentas, o en general de la mayoría de los productos financieros. Esto es, rendimiento de capital y valores mobiliarios, casilla 22 de la declaración.
- Arboribus realiza la retención en el pago de intereses y además informa a la Agencia Tributaria, con lo cual en el borrador o en los datos fiscales ya estará dicha información.
- Loanbook realiza las retenciones, el informe fiscal es detallado, incluyendo las participaciones en subastas.
- Comunitae y Zank no realizan retenciones. Comunitae incluye en su informe fiscal una breve explicación de como incluir estos datos en la declaración y Zank incluye las comisiones para su deducción.
- Circulantis es un caso especial, en palabras de su equipo "la cesión de créditos en la que se comunica al deudor su obligación de pago al cesionario supone que, en el momento del pago, el mismo se hace por un tercero (el deudor) y no por el cedente, lo que conlleva la existencia, no de un rendimiento del capital mobiliario, sino de una ganancia patrimonial. A nuestro entender, estas ganancias patrimoniales han reflejarse en el apartado G2 (Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos con un año o menos de antelación a la fecha de transmisión – Otros elementos patrimoniales), en la página 9(IV)." El tipo de elemento patrimonial es el "5-Otros elementos patrimoniales no afectos a actividades económicas".
PD.- Si algún forero se anima a ir añadiendo más información o alguna particularidad de alguna plataforma en concreto se agradecería.
Asimismo doy gracias al equipo de Circulantis, en especial a Don Guillermo, por su amabilidad y paciencia.