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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#193

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Está clarisimo que rato está esperando las exigencias del gobierno en lo referente a incrementar capital para ver que hace con las preferentes.Está claro también que bankia está arruinada.Y está claro también que nos va a joder bien.Dios me oiga y me equivoque rectificaré con mucho gusto.
Referente a los gestores de cajas que andan por estas páginas lo mejor que pueden hacer es irse a otro sitio y dejarnos con nuestros problemas.
Selene muy bien por tu repuesta has estado ok.

#194

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Este rosala , de momento lo que dice lo hace con conocimiento de causa . A ver como responde a las preguntas que le ha hecho Selene .-

rosala , está arruinada BANKIA ?

Tengo la 1/2 de mis ahorros de 40 años en las PPtes de Caja Madrid ... Que pasará .-

Si nos vas a ayudar , quedate con nosotros ... pero no nos mientas .-

#195

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Hola a mi la empresa me paga con cheque, todos los meses iba a ingresarlo, así durante al menos 10 años,comprenderéis que en ese tiempo he conocido a todos los de la oficina; desde 2004 me han estado dando la murga con las preferentes y siempre dije que no, hasta hace un año, entre otras freses el director me dijo que confiara en el y en la entidad, la comercial no paró hasta que me convenció y al final con perdon la cagé, hoy mismo me dicen que no me preocupe que todo ira bien, pero de retirar el dinero nada de nada, yo creo que me han estafado por que al final confias en las personas y dejas las dudas a un lado al pensar que gente que conoces desde hace tiempo aunque sean trabajadores de la entidad no te van a engañar, tal vez esto se parchee de algún modo, pero para mi los/las bancarios son también responsables de que los banqueros se salgan con la suya.Me gustaría consejo sobre actuacines juridicas,gracias saludos y suerte

#196

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Me parece , que de momento actuaciones jurídicas no podemos emprender , si mas adelante no cumplen con los compromisos que adquirieron con nosotros del 7% hasta julio del 2014 , y si nos siguen pagando , no podemos pedir más . Pues nos tienen bien cogidos por los We...vos .-
Firmamos todos los teses y cafeses que nos pusieron delante y que nosotros no leimos . Claro nos recalcaban bien , que en 8/10 dias , si necesitábamos el dinero , si no encontraban comprador , ellos mismos se las quedaban . Pero estos H.P. de Robot-Directores , están programados sólo a favor de la entidad , y ahora dirán que eso no lo han dicho .-

Estemos muy atentos , que ya nos dejaron las PPtes en BFA , y como puedan , nos dejarán en PELOTAS .-

QUE DIGAN ALGO DE UNA PUTA VEZ ¡¡¡

#197

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Este escrito para empezar, en el banco no van a hacer ni caso, pero es preceptivo antes de mandarlo a la CNMV

Bankia, S.A.U.
Servicio de Atención al Cliente
Apdo. de Correos Nº 61267
28080 Madrid

D _______________, mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en ___________________ provisto de DNI comparece ante este servicio y de la mejor forma procede a:

DECLARAR:

Primero: Que con fecha ________________ firmó un contrato de _____ Participaciones Preferentes Caja Madrid 2009 por un importe de __________ €, después de haber sido contactado por la entidad para ofrecerle el citado producto.

FUNDAMENTOS DE LA RECLAMACIÓN:

Primero: Existe una directiva europea llamada MiFID que pretende proteger a los pequeños inversores exigiendo la realización de una clasificación de los clientes a las entidades mediante un cuestionario. Esta clasificación, para los pequeños inversores, les otorga el nombre de inversores minoristas y exige a la entidad la realización de un test de conveniencia para poder determinar la capacidad del inversor de contratar productos como el que ocasiona esta reclamación.

En ningún momento a D. ___________________ se le realizaron ni la clasificación como minorista, ni el test de conveniencia con anterioridad a la contratación de este producto.

La entidad aporta un Test de Conveniencia que no viene firmado por ninguno de los titulares, y que viene marcado con un “X” por medios informáticos.

Segundo: Esta misma directiva, traspuesta al ordenamiento jurídico español mediante la ley 47/2007 y el Real Decreto 217/2008, dice que deberá incluirse en la explicación de los riesgos, los conexos al tipo de producto incluida una explicación del riesgo de pérdida y la volatilidad del precio del instrumento financiero y cualquier limitación de mercado en que pueda negociarse.

NO consta una explicación de los riesgos conexos a los instrumentos derivados que se utilizan en el producto, ni una estimación de las posibles pérdidas en diferentes escenarios, ni las limitaciones del mercado en que se negocian, ni en que mercado se negocian.

Cuarto: El art. 79 bis de la ley 24/1988 ha sido vulnerado en el punto 79 bis.3 ya que se daba información engañosa al referirse los comerciales al producto con la denominación de un producto “seguro”, cuando se trata de un producto que presenta un riesgo elevado, se puede incurrir en perdidas y no se garantiza una negociación rápida.

Además hay una completa ausencia de información sobre los centros de ejecución de órdenes y sobre los gastos y costes asociados de modo que les permita comprender la naturaleza y los riesgos del servicio de inversión y del tipo específico de instrumento financiero que se ofrece pudiendo, por tanto, tomar decisiones sobre las inversiones con conocimiento de causa. En muchos casos incluso se les habló de “coste cero” en el caso de la cancelación.

Quinto: Según el artículo 82.1 del Real Decreto 1/2007, se considerarán prácticas abusivas, todas aquellas no consentidas expresamente, y que realizadas en contra de las exigencias de la buena fe, causen un perjuicio al consumidor y usuario.
Se ha vendido con la denominación de producto seguro” cuando es un producto de alto riesgo. Los consumidores minoristas conocen el funcionamiento de un producto seguro, que en ningún caso es parecido a los riesgos de una participación preferente.
No se facilito la información de los folletos del producto.

Por todo esto, SE SOLICITA:

Primero: Que se declare nulo el contrato, restituyéndose las cantidades aportadas por las partes, por error en el consentimiento tal y como prevé el Código Civil en su artículo 1265 y 1266, ya que por los hechos expuestos anteriormente, el cliente no estaba bien informado de las características y riesgos del producto que contrataba.

Segundo: Que subsidiariamente, se permita rescindir el contrato sin coste alguno para esta parte reclamante, debido a las graves irregularidades observadas

#198

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

luego lo mejor es hablar con un abogado penalista e intentar demostrar lo siguiente

Artículo 248 C.P.

1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

Artículo 250 C.P.

1. El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de un año a seis años y multa de seis a doce meses, cuando:
(...)
6. Se cometa abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador, o aproveche éste su credibilidad empresarial o profesional

#199

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

junto con estas medidas tengo muy claro que hay que armar muchio lio, darle mucha publicidad al tema, contra mas publicidad mejor para nosotros y bankia no intentara estafar dos veces.
Y por supuesto quitar a bankia absolutamente todo, ni tarjetas, ni dinero, ni nada de nada

#200

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

si una persona en un juzgado dice que le han engañado, puede que un juez diga que si o diga que no, pero si 5000 personas van a un juzgado diciendo que les han engañado...... no hay dios que diga que eso no es una estafa

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