Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Independientemente de si somos o nos hagan ser accionistas, a la fuerza, si ordenamos la venta de las acciones que nos darán en el canje, tanto quien vaya por la vía del arbitraje como quien haya presentado demanda civil corre un riesgo enorme vendiendo las acciones pues...¿qué ocurriría en el caso de nos darnos la razón en el arbitraje o en el juzgado? Si se mantienen las acciones en caso de no darnos la razón todavía tendremos la posibilidad de esperar, quien sabe cuánto, años tal vez, pero puede que algún día repunten y podamos recuperar una parte o todo nuestro dinero. Si las vendes ya al precio de mercado, inferior notablemente al nominal que pusimos en preferentes, habría que restar a nuestro dinero la quita que nos han hecho y lo que se pierda en la cotización actual y en caso de perder ya no tendríamos posibilidad de recuperar nada más.
De hecho, así es como funciona el arbitraje, según el folleto explicativo que ha presentado Bankia. Si aceptamos la oferta que haga la entidad, en el momento de la firma de aceptación para acudir a Consumo se establece el precio de las acciones que nos han entregado de acuerdo con la cotización del día anterior y en caso de ganar el laudo nos entregarán en efectivo la diferencia con el nominal que pusimos en preferentes, por tanto, en el momento de aceptación de ir al arbitraje y firmarlo se corre el riesgo de mercado, pudiendo variar el precio de las acciones pero, igualmente, si las vendes antes de conocer el resultado sin atender al precio de cotización, pudiera darse el caso de perder el arbitraje y no poder recuperar nada más al haberte desehecho de tus acciones. Yo al menos lo veo así.