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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#37697

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

F.Javier enhorabuena me alegro muchisimo que todo se te haya resuelto favorablemente un abrazo muy fuerte

#37698

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

PIEDAD para ti tambien un besito

#37699

Re: Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Hola Manuel cuanto tiempo si te recuerdo aquellas mañanas en las TORRES KIO ,con el señor Mariano ,con tu hermano, con los Complutun ,Mesi,Javier,un abrazo muy fuerte

#37700

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Y vosotros, se acaba.... hace que no nos vemos. Si por aqui no , me mandas un interno.

#37701

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Por si os interesa firmar, yo ya lo he hecho:

Hola,

¿Sabías que La pobreza infantil afecta en España a 1 de cada 3 niños?

Para un niño, las consecuencias de verse dentro del círculo de la pobreza y la falta de oportunidades son dramáticas:

Fracaso y abandono escolar
Falta de lugares seguros donde jugar
No tener calefacción en invierno
Una mayor exposición a la violencia

Esta situación está lastrando el futuro de miles de niñas y niños que son a su vez el futuro de nuestro país, porque sin infancia NO HAY FUTURO.

Por eso yo he firmado la petición de Save the Children para pedir al Gobierno de España y los Gobiernos de las Comunidades Autónomas desarrollen y apliquen políticas con medidas e inversiones efectivas que luchen contra la pobreza infantil.

Súmate tú también: https://www.savethechildren.es/actua/invertir-en-infancia

Muchas gracias.

#37702

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Gracias Mercedes,ahora a esperar otro poquito.qué tal vosotros?

#37703

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Juan me alegra que continues en la brecha, yo entro muy poco por que la verdad es que tengo bastante trabajo, con ello he contribuido a dar 10 puestos de trabajo, de todas formas continuo solo me falta cobrar, siempre y cuando no recurran, bankia no se presento en el jucio , pueden recurrir la verdad es que no lo se, esperare los dias de rigor y ya oscontare.

Saludos
Antonio Soria

#37704

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Hola Rankianos; un saludo a todos,paso a compartir con vosotros esta información dada por una compañera en otro hilo ***** MUY IMPORTANTE ***** publicada esta misma semana con fecha 18 de Mayo por la Agencia Tributaria para los contribuyentes titulares por venta de acciones o de rentas derivadas por deuda subordinada o participaciones preferentes cuyos contratos hayan sido declarados nulos mediante sentencia judicial :

En final de la pagina de este enlace en la 2ª Alternativa : ( En estos casos, los contribuyentes habrán ido declarando todas las operaciones anteriores. Al declararse judicialmente la nulidad de sus contratos estos quedan sin efecto restituyéndose mutuamente las partes sus prestaciones.
Al quedar sin efecto estas operaciones también debe deshacerse su tributación mediante la presentación de las correspondientes solicitudes de rectificación de sus autoliquidaciones con solicitud, en su caso, de la devolución de ingresos indebidos.
De forma excepcional se establece que esta devolución podrá solicitarse aunque se trate de ejercicios prescritos. Esta previsión resultará aplicable sobre todo en el caso de las autoliquidaciones en las que se consignaron los cupones cobrados durante los primeros años.
Para posibilitar la aplicación de estas reglas especiales el contribuyente presentará el formulario, que a estos efectos estará disponible en la sede electrónica de la AEAT, en el que se hará constar la opción elegida para la nueva cuantificación de las rentas derivadas de deuda subordinada y de participaciones preferentes, apartados 1 o 2 de la disposición adicional cuadragésima cuarta de la Ley del IRPF, así como las declaraciones de IRPF afectadas por la misma.)
Madrid a 18 de mayo de 2015 .

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Principales_novedades_tributarias_introducidas_por_el_Real_Decreto_Ley_6_2015__de_14_de_mayo__por_el_que_se_modifica_la_Ley_5__cter_tributario.shtml

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