Caja Granada, como entidad financiera, ya no existe. Todo el negocio financiero está integrado en BMN (Banco Mare Nostrum), producto de un SIP (fusión) de aquellas que se hicieron hace uno o dos años. Se juntó con otras tres cajas parecidas: Sa Nostra (de Baleares), Caja Murcia y Caixa Penedés. Es un pez medianito y relativamente flojo, serio candidato a que se lo trague un pez gordo, con las nuevas exigencias de capital y solvencia tanto del Gobierno como de la CEE. Esa oferta de "convertir" a depósitos IPF las emisiones de subordinadas (en particular) la están haciendo a todos los inversores (porque eso es lo que sois, inversores, no ahorradores) de las cajas de todo el grupo; date una vuelta por los hilos de Caja Penedés, Sa Nostra, etc...y verás lo que allí se comenta.
Tal como lo veo (y esto es una opinión de novatillo, así que contrástala), los escenarios posibles son:
BMN es abosorbido, se fusiona, o como lo queramos llamar por algún grupo más grande o más solvente de los que hay en el panorama financiero español: tus subordinadas están seguras, no vas a perder nada si te aguardas a que amorticen (o lo mismo lo hacen en 2014); riesgo, lo que te decía, que pierdas algún cupón porque declaren no tener beneficios; ese riesgo se minora bastante si son abosorbidos por un grupo grande, por supuesto. Así que puedes decidir asumirlo, quedártelas e ir cobrando el cupón, que no está mal, y esperar una posibilidad de amortización anticipada, porque, como ya te he comentado, las gradnes entidades sí que pueden conseguir financiarse más barato si el mercado se relaja poco a poco, y entonces se plantearán quitarse deuda más antigua y más cara como es la que tú tienes.
BMN sigue en solitario. Tus subordinadas tienen que ser amortizadas a su fecha, salvo quiebra (improbable, pero no imposible); riesgo, el mismo de antes, que no paguen cupón alguna vez, alegando no tener beneficios.
Por lo que he leído en alguno de esos hilos que te mencionaba, la oferta del plazo fijo se hace en unas condiciones de rentabilidad bastante malas, pero lo que no he llegado a entender muy bien es la "cautividad" de esas imposiciones durante los cuatro años; en teoría cualquier plazo fijo es liquidable de inmediato, eso sí cumpliendo las condiciones de penalización que se hayan establecido y que afectan mayormente a los intereses; no entiendo cómo funciona un plazo fijo que no se puede liquidar, lo mismo algún colega del foro nos ilustra al respecto.
Respecto al tema documental, lo de siempre, tendrías que litigar si realmente tu firma está, como dices, burdamente imitada en los documentos; si a la entidad le entra alguna duda de que puede perder el caso, negociarán; se juegan no sólo el dinero sino su imagen, que valoran mucho. Si no, irán hasta el final, y a ellos su asesoría jurídica no les cobra, y tu abogado a ti sí; mayormente la cuestión se reduce a eso.
Pues lo dicho, suerte.