Re: Obligaciones del Banco de Valencia
Sobre el apartado II.-Compensación de pérdidas por la recompra de las obligaciones subordinadas.
Donde se especifica las 5 aportaciones periódicas que se van a realizar para darte el 100% del nominal que se invirtió en las obligaciones.
A continuación hay un asterisco que pone lo siguiente: (*) Aportaciones consideradas fiscalmente como rendimiento de capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios, sujetas a retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta.
¿Entonces las retenciones que se van a aplicar a tales aportaciones periódicas consideradas como rendimiento de capital mobiliario, es del 21% tal y como que la ley contempla? y cómo repercutiria eso en la renta?