Re: Bonistas de Banca Cívica
Hola a todos, me gustaria saber un poco como va esto ya que hoy me a llamado el director de la caixa para decirme que los bonos se convertiean en acciones el 31 de marzo.
Hola a todos, me gustaria saber un poco como va esto ya que hoy me a llamado el director de la caixa para decirme que los bonos se convertiean en acciones el 31 de marzo.
leete las ultimas paginas de este hilo, en especial la respuesta 1707
gracias lo are.
joder, los bonos los van a cambiar a acciones y nadie comenta nada! alguien puede decir cual es la media poderada a estas alturas, es decir si hoy terminara el canje cual seria el precio de las acciones.
Y porque no lo calculas y lo comentas, tu? Esta bién aportar algo de vez en cuando, a parte de quejas, no?
Solo hace falta mirar cualquier página de bolsa, mirar los precios, un papel, un lapiz y saber dividir.
Perco claro, da pereza hacerlo uno, no?
Por cierto, en el foro ya hay quien lo ha calculado.
muchas gracias por la respuesta aunque al final me han tenido enredada un mes
Luisalfil,estoy segura que me vas a contestar a una duda fiscal que se me plantea ahora con mis obligaciones que proceden de las "prefe" BCIV : El 30 de marzo,mis obligaciones serán canjeadas por acciones de CABK,al precio de la media ponderada de las cotizaciones entre los días 8 al 28 bla,bla,bla,...........
¿es como si yo comprara esas acciones con mi nominal,obviamente obligada? Al ser yo teóricamente "fan" de los depósitos a plazo,si en los siguiente días a la puesta en circulación de esas nuevas acciones, se me ocurre, con la cotización por encima del canje, vender, para quitarme la pegatina de accionista......¿se me aplicará la nueva ley fiscal,en vigor desde el 1º de Enero 2013, según la cual,los resultados económicos de compra-venta de acciones en un periodo de un año o menor,tendrán que ser declarados en la base imponible general en lugar de serlos en la base del ahorro,con la consiguiente penalizacion en los porcentajes?.
Fiscalmente los canjes de las convertibles tienen dos partes, una es el canje en sí de la convertible que computa como Rendimiento de Capital Mobiliario (RCM), en este parte para vosotros no hay nada ni bueno ni malo, "comprasteis" al 100% y "vendeis" al 100%, y luego está la parte complicada que es lo que computa como Variación Patrimonial que es la parte de las acciones, vosotros "comprais" acciones al precio de la media ponderada de bla bla bla, y cuando las vendais en mercado tendreis una plusvalía o una minusvalía que computará como "Variación de Patrimonio" que es a lo que le aplican la nueva fiscalidad para ventas hechas en un período inferior a un año, ejemplo: Os dan las acciones a 2,85 euros/acción, es decir, de cada 1.000 euros en convertibles os darían 1.000/2,85=350 acciones (a 2,85) si las vendes a 2,95 tendrías 2,95-2,85=0,10*350=35 euros de plusvalía, o si vendes a 2,75 tendrías 2,75-2,85=-0,10*350=-35 euros, con los que compensarías alguna ganancia que imputara a Variación Patrimonial, como vuestra fecha de adquisición será cuando os den las acciones sino quisierais que computara al marginal deberiais esperar más de un año para venderlas para que no se aplicara, pero claro, cualquiera aguanta más de un año con acciones de un banco español si teneis la oportunidad de venderlas.
Yo te diría que seguro que te aplicarán la nueva ley y te cobrarán el marginal de las plusvalías de la "Variación Patrimonial", de todas maneras no lo sé, te aconsejaría que hicieras esta pregunta en el foro de Fiscalidad.