Caixabank canjea otras 4 emisiones de cédulas hipotecarias (valoradas al 100 %) por IPF a 4 años con interés creciente.
Año 1 : 1 %
Año 2 : 1,25 %
Año 3 : 2 %
Año 4 : 3,75 %
Hecho relevante
CaixaBank informa que el Consejo de Administración en el día de hoy ha acordado formular una Oferta de Recompra de la totalidad de las siguientes emisiones de Cédulas Hipotecarias:
1. 30ª Emisión de Cédulas Hipotecarias de Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona (“la Caixa”) con el código ISIN ES0414970253, y con un saldo nominal vivo de 490.047.000 euros.
2. 40ª Emisión de Cédulas Hipotecarias de Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona (“la Caixa”) con el código ISIN ES0414970337, y con un saldo nominal vivo de 478.423.000 euros.
3. 45ª Emisión de Cédulas Hipotecarias de Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona (“la Caixa”) con el código ISIN ES0414970352 y con un saldo nominal vivo de 451.134.000 euros.
4. 50ª Emisión de Cédulas Hipotecarias de Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona (“la Caixa”) con el código ISIN ES0414970394 y con un saldo nominal vivo de 692.148.000 euros.
Los titulares de las Cédulas Hipotecarias referidas únicamente podrán aceptar la Oferta de Recompra respecto de la totalidad de las Cédulas Hipotecarias de cada emisión de la que cada uno sea titular, no siendo posibles aceptaciones parciales respecto de una misma emisión. Por tanto, en caso de que un inversor sea titular de Cédulas Hipotecarias correspondientes a varias emisiones de las relacionadas anteriormente, la condición de aceptación por la totalidad aplicará a cada emisión individualmente considerada, de manera que éste podrá aceptar la Oferta de Recompra con todas las Cédulas Hipotecarias de una emisión conservando todas las demás.
A los efectos de la Oferta de Recompra las Cédulas Hipotecarias se valoraran al 100% de su valor nominal, esto es 1.000 euros. Asimismo, como parte del precio de compra, los aceptantes de la Oferta de Recompra recibirán la remuneración devengada y no pagada desde la última fecha de abono de la remuneración de cada una de las Cédulas Hipotecarias.
La aceptación de la Oferta de Recompra será irrevocable y estará condicionada a la simultánea e irrevocable contratación de una Imposición de Ahorro a Plazo Fijo de Interés Creciente (Imposición a Plazo Fijo) cuyo importe será siempre y en cada caso igual a la cantidad recibida por los titulares por el importe nominal de las Cédulas Hipotecarias recompradas. Las características principales de la Imposición a Plazo Fijo son las que a continuación se detallan:
Plazo: 4 años
Importe: Igual al importe nominal recibido por la recompra de las Cédulas Hipotecarias
Tipo de Interés: Creciente:
Primer año: 1% TAE
Segundo año: 1,25% TAE
Tercer año: 2% TAE
Cuarto año: 3,75% TAE
Cancelación: Sin posibilidad de cancelación total o parcial durante los 12 primeros meses.
A partir de los 12 primeros meses en caso de cancelación total o parcial por parte del titular se procederá a la pérdida de la totalidad de los intereses recibidos hasta el momento por la Imposición a Plazo Fijo.
Está previsto que el periodo de aceptación de la Oferta de Recompra empiece a finales del mes de octubre de 2012 y tenga una duración aproximada de 4 semanas. Posteriormente se procederá simultáneamente a la recompra efectiva de todas las solicitudes de recompra de Cédulas Hipotecarias recibidas y devendrá efectiva la Imposición a Plazo Fijo contratada con la aceptación de la Oferta de Recompra por cada inversor.
Posteriormente una vez acabe el proceso de recompra la Entidad procederá a amortizar todas las Cédulas Hipotecarias recompradas en esta Oferta a la mayor brevedad.
El procedimiento de aceptación de la Oferta de Recompra, las fechas concretas, así como los requerimientos y demás condiciones concretas de la Oferta de Recompra serán detallados por Caixabank y publicados mediante Hecho Relevante en la CNMV en las próximas semanas.
Barcelona, 20 de septiembre de 2012.