HOLA AS
A mi esto me mandaron de HACIENDA
"Tipo de demanda:ConsultaCódigo:C18092/2012Departamento:DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
1º Quisiera saber si las ganancias(o si se pierde) en la venta de Participaciones Prefernetes forman parte de: LAS Ganancia patrimoniales o rendimientos del capital mobiliario
Procedemos a facilitarle la correspondiente respuesta, que esperamos sea de su entera satisfacción:
Las participaciones preferentes forman parte del Rendimiento de Capital Mobiliario.
LA RESPUESTA AVISABA QUE NO ERA VINCULANTE.
pero ya da señales de por donde va la cosa.
Mas info
http://www.impuestosparaandarporcasa.es/2012/08/como-declaro-los-rendimientos-de-las-participaciones-preferentes-y-obligaciones-subordinadas/
"Sin embargo, el rendimiento implícito, generado por la venta de las participaciones (diferencia entre le valor de suscripción y el de la cancelación) se introduce en la casilla 26. El problema es que dicho importe no viene reflejado en la información fiscal de Hacienda, ya que las entidades bancarias solo le comunican el importe de la baja o venta. Por tanto, el rendimiento generado por la venta o el valor de suscripción debemos obtenerlo de la información fiscal de la entidad financiera.
¿Tienen exentos los primeros 1.500€, como las acciones?
NO. A ninguno de los dos tipos de rendimientos, es decir, ni a los cupones o intereses cobrados, ni a los rendimientos obtenidos por la venta se le puede aplicar la exención de los primeros 1.500 euros. Esa exención es sólo para los dividendos de las acciones, pero no se puede aplicar a otro tipo de rendimientos derivados de otros productos financieros."