He mirado el la CNMV y he visto el nuevo canje y no es por bonos simples sino por otra emisión de bonos convertibles con lo cual aconsejar ya es arriesgado. Lo que hace Banco Sabadell es retrasar 2 años el canje y mientras te sigue pagando un buen interés pero ni ellos mismos saben que pasará en 2015 con sus acciones.
En este párrafo te lo dicen textualmente :
"Mediante la Oferta de Recompra y emisión de las Obligaciones I/2013 y II/2013 se desea
ofrecer a los titulares de las Obligaciones I/2009 y I/2010 poder mantener su inversión en unos valores similares y tener la posibilidad de percibir durante dos años más una
remuneración equivalente, al tiempo que dar un mayor plazo para que se aprecie el valor de cotización de la acción de Banco de Sabadell y se aproxime a los respectivos precios de conversión"
Te dejo el Hecho Relevante.
COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
A los efectos de dar cumplimiento al artículo 82 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del
Mercado de Valores, BANCO DE SABADELL, S.A. pone en conocimiento de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores el siguiente
HECHO RELEVANTE
Oferta de recompra de las emisiones de Obligaciones Subordinadas Necesariamente
Convertibles Serie I/2009 y Serie I/2010 y emisión de Obligaciones Subordinadas
Necesariamente Convertibles Series I/2013 y II/2013 de Banco de Sabadell, S.A.
El Consejo de Administración de Banco de Sabadell, S.A. (“Banco de Sabadell” o el
“Banco”) en su reunión celebrada hoy, al amparo de las facultades conferidas por acuerdo
de la Junta General de accionistas celebrada el día 31 de mayo de 2012, ha acordado
ofrecer a los titulares de las Obligaciones Subordinadas Necesariamente Convertibles I/2009
y Obligaciones Subordinadas Necesariamente Convertibles I/2010, de Banco de Sabadell
(respectivamente, las “Obligaciones I/2009” y las “Obligaciones I/2010”) la recompra en
efectivo de la totalidad de sus títulos (la “Oferta de Recompra” o la “Oferta”) para la
simultánea aplicación de dicho efectivo por los aceptantes de la Oferta de Recompra a la
suscripción de nuevas obligaciones subordinadas necesariamente convertibles serie I/2013
y serie II/2013 (respectivamente, las “Obligaciones I/2013” y las “Obligaciones II/2013”)
respectivamente.
Asimismo, en esta misma fecha, ha quedado inscrita en los registros oficiales de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores (“CNMV”) la Nota de Valores y el Resumen
sobre la Oferta de Recompra, que se complementan con el Documento de Registro de
Banco de Sabadell inscrito en los registros oficiales de la CNMV el pasado 29 de marzo de
2012 y junto con el cual constituyen el Folleto Informativo de la Oferta. Dichos documentos
se encuentran disponibles en las oficinas de Banco de Sabadell, así como en la página web
de Banco de Sabadell (www.grupobancosabadell.com), y en la página web de la CNMV
(www.cnmv.es).
Motivos de la Oferta
Mediante la Oferta de Recompra y emisión de las Obligaciones I/2013 y II/2013 se desea
ofrecer a los titulares de las Obligaciones I/2009 y I/2010 poder mantener su inversión en
unos valores similares y tener la posibilidad de percibir durante dos años más una
remuneración equivalente, al tiempo que dar un mayor plazo para que se aprecie el valor de
cotización de la acción de Banco de Sabadell y se aproxime a los respectivos precios de
conversión.
Banco de Sabadell, S.A. - Domicilio Social: Plaza de Sant Roc, 20. 08201 SABADELL - R. M. de Barcelona, Tomo 20.093, Folio 1, Sección 8, Hoja B-1561, Inscripción 1ª. CIF A-08000143
Igualmente y relacionado con lo anterior se busca a su vez proteger en la medida de lo
posible el valor de la acción de Banco de Sabadell, lo que resulta de especial interés en
atención a la actual situación de inestabilidad financiera de los mercados de valores. En este
sentido, la conversión de las Obligaciones I/2009 y I/2010 implicaría una dilución de los
actuales accionistas del Banco de aproximadamente el 7,58% del capital social actual, que
de acuerdo con los términos y condiciones de esas emisiones, tendría lugar a su
vencimiento en julio y noviembre de 2013, respectivamente. Dado que la emisión de un
número elevado de acciones nuevas en el mercado en un corto espacio de tiempo podría
afectar negativamente a la cotización de la acción de Banco de Sabadell, mediante esta
operación se persigue minimizar dicho eventual efecto negativo ofreciendo a los titulares de
las Obligaciones I/2009 y I/2010 la posibilidad de cambiar voluntariamente sus títulos por las
Obligaciones I/2013 y II/2013, cuyas fechas de vencimiento tendrán lugar en julio y
noviembre de 2015, respectivamente.
Asimismo la Oferta de Recompra persigue mitigar los efectos de la pérdida de
computabilidad de las Obligaciones I/2009 y I/2010, que forman parte actualmente del
capital principal de Banco de Sabadell, pero que no computarían como tal a partir del 1 de
enero de 2013 de acuerdo con la nueva definición de la ratio de capital principal del Real
Decreto-ley 2/2011 según la redacción dada por la Ley 9/2012 y de acuerdo con la Circular
7/2012, de 30 de noviembre, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre
requerimientos mínimos de capital principal.
Principales términos de la Oferta
La Oferta se instrumentará mediante la recompra por Banco de Sabadell de las
Obligaciones I/2009 y las Obligaciones I/2010 de aquellos titulares que acepten la Oferta
dentro del plazo que se concederá al efecto.
A efectos de su recompra por Banco de Sabadell, las Obligaciones I/2009 y I/2010 se
valorarán por el 100% y el 78,4% de su valor nominal, respectivamente, que será pagado de
la siguiente manera:
(i) a los titulares de Obligaciones I/2009 se les entregará por cada Obligación I/2009 de
que sean titulares, 1.000 euros en efectivo, sujeto a la solicitud irrevocable de
suscripción de Obligaciones I/2013, de 1.000 euros de valor nominal unitario.
(ii) a los titulares de Obligaciones I/2010 se les entregará por cada Obligación I/2010 de
que sean titulares, 3,92 euros en efectivo, sujeto a la solicitud irrevocable de
suscripción de Obligaciones II/2013, de 3,92 euros de valor nominal unitario.
El motivo por el que el precio de recompra de las Obligaciones I/2010 es el 78,4% de su
valor nominal es porque tal fue su valoración en el marco de la opa lanzada por Banco de
Sabadell en octubre de 2010 (que se determinó de acuerdo con la fórmula señalada en el
apartado 2.3.(iii) del Capítulo III del folleto explicativo de la referida opa de 14 de octubre de
2010 y publicado mediante hecho relevante de 8 de noviembre de 2010 –registro de entrada
número 132809– siendo dicho importe –78,4% del valor nominal– el coste de adquisición a
efectos fiscales de las Obligaciones I/2010) de manera que, al recomprarse las Obligaciones
I/2010 en ese mismo porcentaje (78,4%), la Recompra sea fiscalmente neutra para los
titulares de Obligaciones I/2010 que las hubiesen suscrito inicialmente en el marco de esa
opa. Los restantes términos económicos de las Obligaciones II/2013 se han determinado
para que guarden la debida equivalencia con los de las Obligaciones I/2010 (valor nominal y
precio de conversión) o recojan una mejora (tipo de remuneración) equivalente a su vez con
la que se ofrece a los titulares de las Obligaciones I/2009.
Como parte del precio de recompra, los aceptantes de la Recompra recibirán además la
remuneración devengada y no pagada desde la finalización del último periodo de devengo
de la respectiva remuneración de las Obligaciones I/2009 y I/2010 hasta el día anterior,
inclusive, a la fecha efectiva de recompra de las Obligaciones I/2009 y I/2010, redondeada
por exceso o defecto al céntimo de euro más próximo y, en caso de la mitad, al céntimo
inmediatamente superior.
Las fechas de vencimiento de las Obligaciones I/2013 y II/2013 serán el 21 de julio y el 11
de noviembre de 2015, respectivamente, es decir, dos años después de las fechas de
vencimiento de las Obligaciones I/2009 y I/2010, respectivamente.
La remuneración de las nuevas obligaciones será, (i) para las Obligaciones I/2013, Euribor a
tres meses más un diferencial del 5%, frente al tipo de interés actual de las Obligaciones
I/2009 que es de Euribor a tres meses más un diferencial del 4,5%; y (ii) para las
Obligaciones II/2013, el 10,2% nominal anual, frente al tipo de interés de las Obligaciones
I/2010 que es el 7,75% nominal anual (a efectos ilustrativos, la remuneración de las
Obligaciones II/2013 –10,2% sobre un valor nominal de 3,92 euros– equivaldría a una
remuneración del 8% sobre un valor nominal de 5 euros –valor nominal de las Obligaciones
I/2010–).
Según se ha señalado anteriormente, con el objetivo de mitigar los efectos de la pérdida de
computabilidad de las Obligaciones I/2009 y I/2010 a partir del 1 de enero de 2013 con
motivo de la nueva definición de la ratio de capital principal del Real Decreto-ley 2/2011
según la redacción dada por la Ley 9/2012 y de acuerdo con el desarrollo realizado por la
Circular 7/2012 del Banco de España, los términos y condiciones de las Obligaciones I/2013
y II/2013 contemplarán determinados supuestos de conversión necesaria para absorber
pérdidas del Grupo Banco Sabadell (conversión contingente) y en escenarios de dificultad
financiera o no viabilidad del Banco, a instancia del Banco de España o la autoridad
competente, en los cuales las Obligaciones I/2013 y/o II/2013 serán necesariamente
convertidas en acciones del Banco.
Todos los demás aspectos relativos a la Oferta se detallan en la Nota de Valores, que se
encuentra disponible, junto con el Documento de Registro, en las oficinas de Banco de
Sabadell, así como en la página web de Banco de Sabadell
(www.grupobancosabadell.com), y en la página web de la CNMV (www.cnmv.es).
D.ª María José García Beato
Vicesecretaria del Consejo de Administración
Barcelona, a 20 de diciembre de 2012
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Esta comunicación no es un folleto y los inversores no deben suscribir las obligaciones subordinadas necesariamente
convertibles de Banco de Sabadell a las que se refiere esta comunicación salvo sobre la base de la información que se
contiene en la Nota de Valores de la Oferta aprobada y registrada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores el
20 de diciembre de 2012 y en el Documento de Registro de Banco de Sabadell inscrito en los registros oficiales de esa
Comisión el 29 de marzo de 2012. La Nota de Valores se encuentra disponible, junto con el Documento de Registro, en
las oficinas de Banco de Sabadell, así como en la página web de Banco de Sabadell (www.bancsabadell.com), y en la
página web de la CNMV (www.cnmv.es).
Esta comunicación no constituye una oferta para suscribir ni una solicitud de oferta para la suscripción de
obligaciones subordinadas necesariamente convertibles de Banco de Sabadell en cualquier jurisdicción en que dicha
oferta o solicitud sea ilegal.
La distribución de esta comunicación y/o de la Nota de Valores y/o del Documento de Registro de Banco de Sabadell,
así como la suscripción de obligaciones subordinadas necesariamente convertibles de Banco de Sabadell en
jurisdicciones distintas de España pueden estar restringidos por la legislación aplicable. Las personas que tengan
acceso a esta comunicación deberán informarse sobre dichas restricciones y respetarlas. Cualquier incumplimiento
de estas restricciones puede constituir un incumplimiento de la legislación sobre mercados de valores de las referidas
jurisdicciones.
En particular las obligaciones subordinadas necesariamente convertibles de Banco de Sabadell no han sido
registradas ni se registrarán bajo la Securities Act estadounidense de 1933 (“US Securities Act”) y no podrán ser
ofrecidas o vendidas en los Estados Unidos de América si no es al amparo de una exención o mediante una operación
no sujeta a los requisitos de registro de la US Securities Act.