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#3841

Re: Liberbank - Para expertos

Ya están listos y bien fresquitos para dárselos, lo que no sabemos es cómo va a ser al final.

#3842

Re: Liberbank - Para expertos

Yo soy uno más de los afectados por la deuda subordinada de Cajastur. Desde hace tiempo he seguido este foro, con la idea de tener alguna orientación sobre las medidas que debía tomar, ante la carencia de sitios a que acudir para recabar información sobre este problema. A pesar de no haber seguido los consejos de los foreros que parecían más enterados, en sentido de que no cambiásemos los COCOS por acciones en la primera ventana, yo si lo hice, con la idea de salir de este “embolado” cuanto ates, y sorprendentemente me salió bien, vendí todas las acciones cuando estaban a 0,8 euros. Así que hasta gané dinero. Me decido a participar en el foro por primera vez para agradecer vuestras opiniones, pues aunque no haya seguido vuestros consejos, sí me sirvieron de guía, y sobre todo sentí que no era yo el único desorientado y abrumado por este problema si no que hay mucha más gente como yo.
Aunque haya salido bien de esta, tengo la triste sensación de estar en un país donde se engaña con tanta facilidad e impunemente a la gente aprovechando la escasa información que tenemos sobre estos temas financieros. Por otro lado también me “escama” ver que las acciones de un banco, como este, supuestamente con problemas, puesto que tuvo que ser asistido por el estado, con el dinero de todos, ve duplicar, casi el valor de sus acciones en un año. Me gustaría saber vuestra opinión sobre este asunto. ¿No está manipulado todo esto por las autoridades políticas y financieras de este país?

#3843

Re: Liberbank - Para expertos

Felicidades Feli (^-^), me acuerdo de ti y del màster que tenìa que realizar tu hija. Yo estoy en ello, pero todavìa esperaré un poco. Mucha Suerte!!

#3844

Re: Liberbank - Para expertos

Gracias por la información. De todas maneras, si yo firmé que me iba a quedar dos años y que por eso me pagarían el 7% por un lado y luego el 6%, y ahora lo vendo todo, ¿no estoy incumpliendo lo firmado?. No podrían alegar eso y retenerme de la venta lo ya cobrado??. Perdón por lo pesadito que me estoy poniendo.

#3845

Re: Liberbank - Para expertos

No firmaste eso, revisalo, firmaste un canje de tus os subordinadas por unos bonos que devengan un interes el 17 de abril, si hubieses comprado bonos ( como hizo gente) el 15 de abril habrías cobrado el cupón igualmente. Por otro las acciones en el canje se dice expresamente que se pagara un inventivo de permanencia del 6 % anual pagadero semestralmente, por un máximo de dos años, esto quiere decir que podrías haberlas tenidos 6 meses ingresar el 3% y venderlas.

#3846

Re: Liberbank - Para expertos

Una opción que se me ha ocurrido hacer es esperar otro añito y salir indemne con la parte de las acciones gracias al plan de fidelización. Después, dado que veo en chino mandarín que Menéndez vaya a tener alguna deferencia con los bonistas A y B, me estoy planteando ir por la via judicial para intentar recuperar en su totalidad esa parte. ¿Veis posible hacer esto?
Si fuera a la ampliación de capital ¿iría en mi contra en un futuro juicio ya que se podría entender que soy un "inversor experto" al haber comprado acciones?

#3847

Re: Liberbank - Para expertos

1.No hay una via judicial para una parte y otra no: impugno los bonos, pero no las acciones
2. La acción judicial consiste en anular un contrato de compra de preferentes o subordinadas. Habría q devolver los intereses y te pagarían el tipo del precio del dinero.
3. No tiene sentido e iria en tu contra cualquier maniobra financiera q hicieses. Es decir impugnas un contrato y por otra parte sigues operando con las acciones. Vamos, q el juez se reiriía un montón. Si vas impugnar no manibres en nada.

#3848

Re: Liberbank - Para expertos

En ningún momento firmaste ninguna permanencia, únicamente al aceptar el canje voluntario ellos te ofrecieron unas condiciones que eran aceptar todo acciones o un mixto y dentro de ellas para que te dieran un % tenerlos un tiempo (incentivo de permanencia), si cumples esa permanencia ellos te dan el %, sino lo cumples pues no, pero en ningún momento tienes que devolver lo ya cobrado.

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