Mira las preferentes y la deuda subordinada no tienen porque ser un mal producto, pero tienes que tener muy en cuenta lo que estas comprando, y en los post de rankia hay comentarios hay datos para dar y vender, aún así te cuento mi opinión:
Ventajas:
Te aseguras una rentabilidad muy por encima de los intereses actuales y durante mucho tiempo
Aunque no cuenten con la garantía del Fondo de Garantía, porque no son depósitos, estos suelen ser emitidos por una caja de ahorros, y hasta hoy la mayoría de problemas bancarios (véase Banesto, Rumasa, etc…) se han solucionado sin perdidas para los depositantes, no obstante no sé si el último problema que fue el Eurobank del Mediterráneo ha cobrado todo el mundo o a alguien le falta algo.
Inconvenientes:
Suelen o muy a largo plazo, según la normativa
El plazo de vencimiento mínimo original será superior a cinco (5) años.
Durante los cinco (5) años previos a su vencimiento, se aplicará proporcionalmente un factor de descuento anual de veinte por ciento (20%) sobre el monto nominal de la deuda subordinada.
La entidad en este caso Cajastur , creo entender por tu comentario que ellos las recolocan entre sus clientes, y creo que hasta ahora así ha sido, pero si les pides (yo lo he hecho con otra caja de ahorros) un escrito firmado por el director de la oficina que a mi solicitud las recolocarán a otro cliente en un plazo de 3 meses (ya le pongo mucho), casi juraría que te contaran cualquier historia, pero no lo van a firmar, creo que aunque quisieran no pueden firmar un documento de este tipo por la normativa legal aplicable a este tipo de emisiones.
Luego me temo que este producto no cuenta con la garantía del Fondo de Garantía de Depósitos, y esto es una de las razones por el superior pago de intereses, otra ventaja para el emisor en este caso Cajastur, es que a efectos contables y de solvencia son recursos propios para ellos, por tanto mejoran la solvencia de la entidad emisora.
Lo de Banco Herrero no es lo mismo, es parecido, las preferentes pueden incluso ser perpetuas, esto es sin vencimiento, no obstante habitualmente el emisor en esta caso Banco Sabadell (Banco Herrero creo que hoy solo es una marca registrada, ya no es un banco) puede poner en la emisión un plazo de amortización voluntaria, pero voluntaria para ellos, vamos que cuando hay esta cláusula (que tampoco sé si la hay dicha cláusula), la facultad de amortizar (cancelar) es del emisor, en este caso Sabadell-Herrero, no es nunca tuya, y además es voluntaria, o sea que no se les puede obligar, no obstante lo normal es que si no lo hace, el folleto indique que a partir de aquel momento.
Y finalmente, yo también te recomiendo que leas los foros que te indica fernan2, este “contertuliano” sabe bastante del tema, y a partir de todo ello toma tus propias conclusiones, te insisto no es un mal producto, pero es para un tipo de personas concreto, no es para todo el mundo, existen en el mercado productos de este tipo que en el mercado que están cotizando en estos momentos muy por debajo del nominal de la emisión, incluso cotizaciones por debajo del 25% de su valor, con esto no digo que las de Cajastur o de Sabadell-Herrero este en este orden, porque la cotización también tiene que ver con los intereses pactados, piensa por ejemplo en una emisión sacada hace unos años al 3% de interés, si ahora hay nuevas emisiones al 6 ó 7%, quien va a comprar las del 3%, pues nadie a no ser que tenga un descuento importante en la compra que le compense.
Te enlazo un articulo legal: LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LA SBS
Ley N° 26702-1996
Por cierto, yo sin leerme el folleto de la CMNV, no me metía, el folleto es el documento completo que indica todas las características y cláusulas, si lo lees previamente a la inversión, con seguridad sabrás que adquieres, sus ventajas, sus pegas …… y luego con toda la seguridad actuaras en consecuencia.