Gracias por la explicación. Efectivamente, las preferentes islandesas no han tenido ningún tipo de canje. Yo tengo de esas y, tras dirigir varias cartas al defensor del cliente de Bankpime, me dieron respuestas ambiguas y sin sentido. Todo ello lo remití a la CNMV en Madrid por correo postal y, tras ocho meses de espera, me respondieron que no podían acreditar la mala fe del banco pero que sí apreciaban falta de información adecuada y necesaria para la venta que me hicieron de estos productos complejos, y emitieron un informe favorable para mí. Posteriormente, con toda esta documentación acudí a los tribunales. Aunque el informe de la CNMV no es vinculante, he conseguido ganar en primera instancia. El Bankpime ha recurrido la sentencia y, a día de hoy, estoy esperando que la Audiencia Provincial de Barcelona se pronuncie al respecto, en segunda instancia. Será en los próximos meses. Si se ratifica la primera sentencia, el banco tiene que reintegrarme íntegro todo el capital aportado, y yo devolverles todos los intereses percibidos. Espero haberte ayudado. Saludos cordiales desde Valencia City.