Re: Saber cotizacion preferentes union fenosa ISIN XS0221627135
Cierto, Carlo9!! No recordaba lo del contrato de liquidez!
Cierto, Carlo9!! No recordaba lo del contrato de liquidez!
En primer lugar gracias a todos por vuestras respuestas, este fín de semana me voy a leer todos los enlaces y como dicen el saber no ocupa lugar. Gracias de nuevo.
Las compre en Junio del 2006. Siempre he sido muy prudente en estos temas, pero por amistad me creí la jugada. Me las vendierón por telefono, la entidad es Caja Mediterranea, la gestora es Gestimed. Tenía con ellos un plazo fijo que vencía y me explico que era una buena inversión con un buen interés mas un 0,65 euribor, y que las podría vender cuando yo quisiera, así que ellos mísmos se encargarón de traspasar el importe del plazo fijo, hacía la inversión. Al cabo de 7 días me hicieron llegar la documentación para firmar a la oficina que tengo cerca del domicilio y dónde tenia mis cuentas. La documentación para firmar constaba de tres folios el 1º Dice Deuda preferente sv Union Fenosa con un Tir 3,46% Call 2015 Final 2049 (No tengo la documentación delante en este momento no se si digo algo mal) la segunda hoja y tercera son condiciones generales donde explica que puedo deshacer el contrato tanto por mi parte como por la de la Entidad avisando por escrito con treinta días de antelación etc etc. En ningún momento dice que debo esperar al año 2049. Es por todo esto que creo que lo mejor es buscar un buen abogado para que haga una carta al defensor del cliente y depende de la respuesta presentarla al Banco de España etc.etc. Tengo un documento con fecha noviembre del 2008 dónde pido a la
Entidad las ponga a la venta, y otro documento escrito y sellado por la Entidad del 2010 dónde les repito lo mísmo.
Lo dicho voy a leer estos enlaces y seguire comentando como va el tema
Gracias de nuevo a todos.
Suerte compañera. El problema es que no puedes venderlas porque simplemente no tienes contrapartida. El contrato de liquidez habría que estudiarlo y que un experto analizara si eso es sinónimo de que hay que cruzar la orden y que la entidad que aporta liqudez se quede con el papel, y habría que discutir a qué precio.
Tu realmente tienes unos apuntes en cuenta, unos papelitos y para venderlos tienes que encontrar a alguien que te los quiera comprar, y ese alguien, si no hay movimiento, no existe.
Como posiblemente no sepas qué significa lo del 100% (me disculpas si lo conoces) viene a ser algo como, tú compras una participación en 100 euros (por ejemplo) y al cabo del tiempo puedes intentar venderla por el 100%, es decir por 100 euros, o puede que no encuentres a nadie que te las pague, y si encuentres a alguien (demanda) al, por ejemplo, 95%, es decir que te darían 95 euros. Perdiendo tú 5 euros.
Lo de deshacer el contrato, leelo con calma, ya que eso es muy raro. Si lo estimas oportuno y, EVIDENTEMENTE borrando tus datos personales y quieres, lo puedes poner escaneado para que leamos esa cláusula, yo he puesto algunos contratos de ipf y de otras cosas y es muy recomendable, como te digo, por supuesto, eliminando toda referencia a tu persona, dni, cantidades invertidas..., es decir, solo el contrato con la letra pequeña.
Es solo una idea. Suerte y al toro.
Si tienes los documentos firmados de que las pongan a la venta, supongo que estarán, al igual que supongo que si la venta está puesta al 100 tú estás a la cola para vender.
Método, disciplina y tiempo
Ojo, previa demanda. Aquí no hablamos de demanda, hablamos de oferta (vendedor). ¿no crees?.
Todas las emisiones tienen entidades que aportan liquidez, si fuera tan fácil como invocar a ese contrato para salirse al 100% entonces todo el mundo pillado con estos productos (independientemente del precio de cotización, oferta o demanda saldrían podrían vender) y me temo que la realidad es otra.
Solo por puntualizar eso...
Método, disciplina y tiempo
Según el folleto, no te garantizan en ningún momento que te las vayan a comprar al 100%:
"Los precios que cotice cada una de las Entidades Proveedoras de Liquidez serán determinados en función de las condiciones del mercado existentes en cada momento, teniendo en cuenta la rentabilidad de la Emisión, la situación de los mercados de renta fija y de participaciones preferentes"
Si existieran otras operaciones de compra-venta estaría mucho más claro el establcer cuáles son las condiciones de mercado, pero sin operaciones, ....
Lo de "demanda" se refiere a que lo tienes que pedir expresamente, no a oferta-demanda. La liquidez se refiere a la capacidad que tienen las personas que han adquirido las participaciones para desprenderse de ellas, por eso lo reflejan en el folleto.
Gracias por la puntualización. El problema, supongo, sería ver como puede responder realmente los que dan liquidez, y quién es el guapo que le mete mano a eso y que te hagan caso, y a que precio con el parrafo ese de las condiciones de mercado, menuda ambigüedad.
Saludos Carlos.
Método, disciplina y tiempo
Si no cumplen con ofrecer liquidez, al Defensor del Banco (perdón, del Cliente) y después a la CNMV. En la última memoria del Servicio de Reclamaciones de la CNMV se indica (página 40 del documento http://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Informes/MIweb.pdf):
Mercado AIAF de Renta Fija
De acuerdo con el criterio ya manifestado en la Memoria de 2008, una actuación adecuada por parte de las entidades que reciben órdenes requiere la búsqueda de contrapartida para la orden conforme a su política de ejecución de órdenes, en la que necesariamente debe quedar definida la operativa con los activos negociados en el mercado AIAF. La política de ejecución de órdenes debe recoger principios que contemplen,
entre otros, la búsqueda de las mejores posiciones compradoras, evitando la excesiva localización en dicha búsqueda y, en su caso, acudiendo a la entidad proveedora de liquidez. La entidad debe acreditar que su actuación se ajustó a ello.
En la página 73 y siguientes de ese mismo documento vienen varias resoluciones a favor de clientes, por falta de ejecución de operaciones en AIAF.
Cuestión diferente es que después la entidad financiera haga caso al informe de la CNMV
Interesante Carlos. Otra posible salida a este tema. Hacer mención a ese contrato de liquidez y "pelear" por ese frente. Muy interesante tu aportación.
Un saludo.
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