Subo la pregunta que formulé hacia finales de junio en atención al inversor de la web de la CNMV. Subo también su respuesta, que, aunque enrevesada y "circunloquial", parece demostrar que La Caixa miente, que nadie les obligó a pasar la Deuda al mercado SEND. Y creo que esto podría servir de prueba en un juicio.
NECESITO SABER SI ES CIERTO QUE DESDE ENERO DEL 2012, DE GOLPE Y PORRAZO, SIN PREVIO AVISO, EL BANCO DE ESPAÑA (O LA CNMV) OBLIGÓ A LAS ENTIDADES FINANCIERAS A INTRODUCIR LA DEUDA SUBORDINADA EN EL MERCADO SEND DE RENTA FIJA SUJETO A COTIZACIÓN.
ESO FUE LO QUE MI GESTOR PERSONAL DE CAIXABANK ME ASEGURÓ, AUNQUE NO ME LO NOTIFICARA EN SU MOMENTO. A CUENTA DE ESTE CAMBIO VEO SERIAMENTE COMPROMETIDO UN PORCENTAJE DE MI INVERSIÓN, LO QUE ME PARECE TERRIBLE DADO QUE SE ME ASEGURÓ EL REINTEGRO DEL 100% DEL MONTO EN EL MOMENTO EN QUE SE EJECUTARA LA ORDEN DE VENTA.
LES RUEGO UNA PRONTA RESPUESTA, PORQUE ESTE ASUNTO ESTÁ MINANDO MIS NERVIOS Y NO SÉ QUÉ HACER.
UN CORDIAL SALUDO
Estimado señor:
Le pedimos disculpas por la demora en la contestación.
En relación con la cuestión que plantea le informamos de que estos valores suelen estar admitidos a cotización en el mercado AIAF, que tiene las siguientes características: es un mercado bilateral y descentralizado en el que las partes acuerdan los términos de la operación para que éstos se comuniquen posteriormente al mercado, lo que hace que la ejecución de las órdenes no sea automática, sino que requiere de la existencia de una contrapartida adecuada en el mercado.
Alternativamente muchas entidades empezaron a listar sus emisiones en la plataforma SEND, cuyas características hacen que la negociación pueda ser más ágil y transparente.
Usted puede presentar una orden de venta al precio que usted decida libremente, aunque las posibilidades de encontrar contrapartida para poder venderlas existirán en la medida que el precio se aproxime al del mercado.
Debe tener en cuenta que, aunque una emisión esté admitida a cotización en un mercado, ello no conlleva que exista negociación. Es decir, no implica que se encuentren compradores disponibles cuando usted quiera vender (y viceversa).
En resumen, no siempre es posible venderlos de manera rápida y sin asumir pérdidas en el capital invertido.
De la negociación existente y de los precios tanto del mercado AIAF como del SEND puede encontrar información en la página web www.aiaf.es
Por otro lado, debemos señalar de interés que el 16 de junio de 2010, la CNMV publicó un documento que lleva por título:"Actualización de requisitos en la verificación de emisiones de renta fija e instrumentos híbridos destinadas a minoristas. Identificación de malas prácticas en el proceso de comercialización y negociación posterior". El citado comunicado está disponible a través de nuestra página web www.cnmv.es , dentro de la sección "comunicaciones de la CNMV" (ejercicio 2010).
En el citado documento se identifican una serie de malas prácticas en el proceso de comercialización y negociación posterior en emisiones de renta fija e instrumentos híbridos, destinadas a inversores minoristas.
En concreto, se señalaba que constituye una mala práctica la existencia de mecanismos internos de case de operaciones entre clientes minoristas de la entidad emisora y/o comercializadora de los valores, o entre los clientes y la propia entidad, que presta el servicio de inversión, salvo que acredite que la transacción se realiza a un precio próximo al valor razonable en caso de que no exista contrato de liquidez o éste se haya agotado.
Es esencial que estas operaciones no perjudiquen a ninguno de los clientes afectados y, particularmente, que ningún inversor minorista adquiera valores por encima de su precio de mercado o valor razonable.
No constituye sin embargo una mala práctica que la propia entidad adquiera los valores al precio que ella considere conveniente, sino sólo el que se los venda a un cliente a un precio superior al de mercado.
Atentamente.
CNMV - Oficina de Atención al Inversor