Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
Debes de basar tu reclamación en criterios jurídicos, es decir, alegar infracciones de normativa legal aplicable (Directiva MiFID, Ley del Mercado de Valores, incluso Circulares del BDE que hacen referencia a la aplicación de dicha normativa en la comercialización de productos financieros). Has de consultar resoluciones sancionadoras por infracciones relacionadas con el depósito de los contratos y la conservación de la documentación relativa al producto si fuse necesario, etc.
Tienes que acreditar la reclamación previa ante el SAC o Defensor del Cliente con la contestación a la misma o la falta de ésta en el plazo de 2 meses.
Valora la posiblidad de que dicha reclamación te la pueda fundamentar un abogado especialista en derecho civil y finaciero.
Si presentaste órdenes de venta en el AIAF, no fueron atendidas y se cruzaron operaciones por precios superiores alegalo también. En resumen, toda la documentación y argumentación que pueda sustentar tu reclamación.
Lo que resuelva la CNMV no vincula a la entidad, pero su informe si puede ser útil en un futuro procesa judicial (cuanto mayor sea el peso de los argumentos de tu reclamación, menor será el margen que tengan para dar una respuesta evasiva).
Es probable que su contestación sea ambigua y no te convenza