Hola Fran61;
Yo, en tu caso, en el que tienes intención de demandar, no iría al canje. Personalmente no voy a hacerlo tampoco.
Además, si como comentas, ni si quiera cumplimentaste el test Mifid, más argumentos a tu favor para la demanda, puesto que según la Directiva Comunitaria aplicable (Mifid), que se integró en el ordenamiento jurídico interno a todos los efectos en 2007, dicho test, entre otras obligaciones marcadas por la normativa Mifid a las entidades financieras, es preceptivo (aunque en la mayor parte de los casos el propio comercial de la oficina bancaria lo cumplimenta, colándolo entre el resto de documentación que firmas, sin advertirte de su finalidad, sin informarte del porqué de su necesidad e, incluso, arrogándose de forma sibilina la "facultad" de indicar en dicho test que estás dispuesto a asumir pérdidas de un 10 % a cambio de una mayor rentabilidad).
Salu2.