Re: Sobre siniestro total en seguro cedido a hipoteca con banco.
Totalmente de acuerdo con lo expuesto. Evidente es que cuando firmamos la clausula de cesión de derechos es, precisamente, para estas situaciones de "siniestro total" de la vivienda ya que ésta constituye la garantía real del inmueble. Por tanto, si este desaparece es lógico que la indemnización a percibir sea para el banco tal y como acordaste con él al firmar la hipoteca.
Respecto a la reparación que planteas, lo siento pero, nadie la va a pagar dado que si la aseguradora indemniza por la suma asegurada ya no tiene que reparar nada, es decir, si te paga el "siniestro total" no repara esto es claro, no??.
SalU2s