Seguro de hogar vinculado a hipoteca bonificada
Hola buenos días!
En mayo de 2006 formalizamos hipoteca con una entidad financiera. En la mima fecha se suscribe seguro de hogar con la aseguradora de esa entidad. En junio de 2007 se cancela la cuenta inicial de cargo dela hipoteca y del seguro, y se apertura una nueva en una otra sucursal de la misma entidad financiera, y misma localidad. Se dan órdenes para que se mantengan las mismas domiciliaciones que en la cuenta originaria. El cargo del seguro de hogar se practica los anos 2006 y 2007 en la cuenta originaria, y años 2008, 2009 y 2010, en la nueva cuenta.
Este año 2013, con motivo de la confección de la declaración de la renta, no encuentro el recibo del seguro de hogar. Busco en la banca electrónica y nada. Me persono en la sucursal que tengo al lado de casa y, tras diversas consultas, el director me dice que no tengo seguro de hogar porque fue cancelado, por impago. Dado que el cargo es a primeros de mes, es imposible. La conclusión final es que el recibo de 2011 (mayo 2011-mayo 2012) se cargó en la cuenta que no existía.
Pese a tratarse de un seguro de hogar sobre vivienda hipotecada, en el que la entidad financiera figura como beneficiaria del mismo, no se me notificó de ningún modo el impago ni tampoco la rescisión del contrato por impago.
En cuanto me enteré, el mismo día, intenté solucionarlo pagando las polizas de 2011 y 2012, pero no me dejaron. Para solventarlo la única opción posible fue suscribir nueva póliza a precio más caro, con mismas condiciones y perdiendo bonificación por no siniestralidad.
Además de ese perjuicio, y de lo que podría haber pasado si le ocurre algo a la vivienda en ese periodo 2011-2012, resulta que pierdo diferencial bonificado en la hipoteca porque el seguro de hogar con caser era un requisito para ello. En vez de aplicarme un 0,50% me están aplicando un 1,5%.
Resumiendo: por cargo en cuenta errónea, cancelada 4 años antes, y pese a haber cargado correctamente el recibo durante 3 años en la cuenta nueva, me quedo sin esa póliza y pierdo bonificación de la hipoteca. Existe un enriquecimiento injusto, a mmi costa, de la entidad financiera que comete el error.
La pregunta es:
- Si las condiciones generales del seguro incluyen la cláusula del beneficiario (por tratarse de vivienda sujeta a hipoteca). Dicha cláusulas (art. 35.2 y 35.3) prevé que "para que no haya interrupción en la vigencia del seguro, CASER puede ofrecer el pago de las primas al beneficiario, pudiendo este hacerlo efectivo por cuenta del asegurado, si lo estima procedente" y "sin la autorización expresa del beneficiaio del seguro no se podrá hacer ninguna anulación ni reducción del capital asegurado y riesgos cubiertos por la póliza
- Si en las condiciones generales art. 37) respecto a la domiciliación dice que "la prima se entenderá satisfecha a su vencimiento, salvo que intentado el cobro dentro del plazo de gracia, no existiesen fondos suficientes en la cuenta del tomador del seguro. En este caso, Caser notificará al tomador del seguro que tiene el recibo a su disposición en el domicilio de la entidad aseguradora y el tomador vendrá obligado a satisfacer la prima", y que "si Caser dejase transcurrir el plazo de gracia sin presentar el recibo al cobro, y al hacerlo no existiesen fondos suficientes, Caser notificará tal hecho al obligado a pagar la prima, por correo certificado o utro medio indubitado, concediendole 30 días naturales para que pueda satisfacer la rpima
- Si no se recibe ningún aviso de impago, ni por coreo ordinario, ni por correo certificado, ni de Caser ni de Caixa Galicia
- Si en la cuenta nueva, donde se cargaron sin problemas los recibos durante 3 años, había fondos de sobra para cargar el recibo
- Si no existe ninguna orden del cliente para la devolución del recibo del seguro de hogar
¿No ha habido suficientes errores por parte del banco, como para no trasladar al asegurado la carga de perder la bonificación de la hipoteca? ¿es posible que el que falla, varias veces ademas, resulte ser el beneficiario de tal error? No olvidemos que no existe notificación de ningún tipo en un seguro q es de suscripción obligatoria por tratarse de un bien hipotecado. ¿el director de la sucursal en la que se detectó el fallo, y en la que suscribí la nueva póliza , no deberia haber instado al departamento correspondiente a la revisión de las condiciones de la hipoteca, dado que era conocedor de que podría perder la bonificación en la hipoteca?
Por favor, agradecería respuestas, lo más fundadas posibles en derecho, dado que tengo que presentar reclamación al servicio de atención al cliente del Banco y entiendo que debería propsperar..pero como no me fío en absoluto.
Si necesitais alguna aclaración...he intentado ser lo más precisa posible.
Muchas gracias por vuestra atención