¿Qué es la "Clausula a favor de acreedor hipotecario"? (Seguro Hogar)
En el condicionado del seguro de hogar hay una denominada "Clausula a favor de acreedor hipotecario" donde dice:
"Los inmuebles asegurados por la presente póliza están gravados por una garantía hipotecaria formalizada por el Tomador con la entidad concedente de un crédito.
En consecuencia, en aplicación de los artículos 40 y 41 de la Ley de Contrato de Seguro, cualquier indemnización que corresponda al propietario por razón de los bienes hipotecados no podrá abonarse al asegurado sin el consentimiento de la Aseguradora, hasta el límite de la deuda existente.
En caso de contienda entre los interesados o si la indemnización hubiera de hacerse efectiva antes del vencimiento de la obligación garantizada, se depositará su importe en la forma que convenga a los interesados, y en defecto de convenio en la establecida en los art. 1.176 y sig del Código Civil."
¿Podríais explicarme que significa todo eso de la garantía hipotecaria y que utilidad tiene?
Gracias
Un saludo