Como parece que hay distintas interpretaciones hago algunas aclaraciones.
El contrato dice:
PLAN DE PENSIONES
Tomador del Seguro: Servidor, (Casado en gananciales, sin separación de bienes)
Asegurado: La Señora del menda (Casada en gananciales, sin separación de bienes)
Domicilio: El común de los dos.
fecha de efecto: desde el 2-02-1988 hasta el 12-02-2014 (26 años)
RENTA BASICA CONTRATADA
50.000 Pts. mensuales 50.000 Total renta Anual 600.000
Beneficiarios: En caso de vida: EL ASEGURADO (Mi señora)
En caso de fallecimiento: Su esposos Don...(el menda)y en su defecto los hijos que vivan del matrimonio.
Básicamente ese es el documento. Aparecen otros datos no relevantes, como el nombre del agente, el numero de póliza y la publicidad.
Evidentemente el seguro durante todos esto años ha sido abonado por recibos bancarios de cuenta corriente a nombre del matrimonio.
Cuando por primera vez el "empleado" de axa (la compañía original no era Axa, era Mare Nostrum) me hablo de la "donación" yo le dije que en todo caso sería la mitad, puesto que el recibo siempre se había abonado a medias, que era injusto que le tuviera que a donar la mitad que pertenece a uno ¿NO?
Yo lo que no entiendo es como la empresa me dice que no me puede abonar si primero no hago el pago de la donación. Mi tesis es: ""págueme que yo luego "discuto" con Hacienda"" y me dice que no, que no es posible.
Agradezco la opinión de todo.
Quiero que sepan una cosa: yo estoy abierto a hacer cualquier cosa, no tengo una predisposición negativa hacia la aseguradora lo que no quiero es hacer el primo.
En la aseguradora me han dicho todas las versiones que han querido, entiendo que no lo tienen claro, y demás con los mismo argumento: Por ejemplo por primera me dijeron que mi señora debían identificarse, aportar el numero de cuenta... y que en un par de días le ingresaba... Un mes después me dijeron... que no, que era a mi a quien se lo debían dar... otro mes... y vuelta al principio...otro mes... Luego que debía hacer (yo) una donación... Le digo... !mi señora renuncia notarialmente! No, es su señora quien le debe donar a Uds... !yo les digo...renuncio notarialmente! No, no es posible tiene que pagar primero porque sino la empresa es multada.
Me gustaría saber a que atenerme, no hacer el primo. No vayan a pensar que voy de "listillo", de enterado, repito que estoy abierto a aceptar las cosa si son como son, aunque sean ilógica (desde mi punto de vista) yo lo aceptaría, pero con argumento que no sean contradictorio, no quiero enterarme, dentro de un tiempo, que lo hice fatal y que me llevaron a hacer cosa que no eran necesarias ni correctas.
Saludos.