Cláusula seguro salud
Hola:
Quería consultar a algún agente de seguros, si creéis que dolores lumbares (sin lesión según ecaner etc.) tras un latigazo cervical por accidente de tráfico quedaría cubierto por un seguro con esta cláusula:
Se hace constar que las garantias de la poliza cubre los siniestros por enfermedades o accidentes producidos o manifestados con anterioridad a la entrada en vigor de esta poliza, con o sin diagnostico definitivo,excepto los casos de sida,cancer, diabetes insulinodependiente, trasplantes de organos, cardiopatia isquemica, enfermedades articulares y enfermedades de la columna vertebral, asi como sus secuelas y/o complicaciones, quedando excluidos los siniestros que se produzcan a consecuencia de los defectos de nacimiento y de las enfermedades congenitas.
muchas gracias de antemano,