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Retenciones en seguro colectivo de accidente

7 respuestas
Retenciones en seguro colectivo de accidente
Retenciones en seguro colectivo de accidente
#1

Retenciones en seguro colectivo de accidente

Mi empresa tiene suscrito un "Seguro colectivo de accidentes del personal al servicio de la administración general de la comunidad autónoma de Galicia, de sus organismos autónomos, agencias autonómicas y entes públicos"
En diciembre de 2015 he sido declarado en situación de INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA.
Este seguro por tal motivo me indemnizó con 44.000 €, en mayo 2015 practicandome una retención de 5.038€.
¿Puedo recuperar esta retención efectuada por la compañía de seguros?
En los datos fiscales constan los 44.000€ y los 5.038€ de retención efectuados por la compañía de seguro.
En la declaracion de la renta entiendo que no puedo. ¿tendria que hacer una reclamacion ante la agencia tributaria?
Gracias

#2

Re: Retenciones en seguro colectivo de accidente

Precisamente en el IRPF es donde debes aplicar esa retención, no tienes que reclamar nada.

#3

Re: Retenciones en seguro colectivo de accidente

Entonces simplemente introduzco esa retención, pero no el importe de la indemnizacion (exenta), y nada mas.
Tenia que pagar unos 2000€, y entonces me devolverían casi 3000€.
Un saudo. Muchas gracias.

#4

Re: Retenciones en seguro colectivo de accidente

Una duda, la indemnización no es por la actividad profesional,(exenta), ¿y la retención no tiene que ver con los ingresos por el trabajo?
Gracias

#5

Re: Retenciones en seguro colectivo de accidente

Necesitaría saber el motivo que generó la invalidez, hay indemnizaciones que están exentas en IRPF y otras que no.

#6

Re: Retenciones en seguro colectivo de accidente

La invalidez la generó un INFARTO AGUDO DE MIOCARDIO, posteriormente 9 cateterismos, 5 de diagnostico y 4 Angioplastias con implantación 7 stens.
gracias

#7

Re: Retenciones en seguro colectivo de accidente

Para mas concreción, después del infarto de miocardio, fui diagnosticado de según los criterios de la Canadian Cardiovascular Society(CCS), en la clase III -(Limitación marcada de la actividad física. la Angina aparece al andar 1 ó 2 manzanas o al subir un piso de escaleras.)
La clasificación acaba en la clase IV,(incapacidad para realizar ninguna actividad, la angina puede aparecer en reposo)
Gracias

#8

Re: Retenciones en seguro colectivo de accidente

En ese caso entiendo que debes declarar en el IRPF el importe íntegro de la indemnización reducido en un 30%, considerándose rentas del trabajo. No existe la exención total al no tratarse de una indemnización como consecuencia de responsabilidad civil o de accidente de tráfico.

No obstante consultalo con un buen asesor fiscal.