Cobertura daños consecuenciales
Si un asegurado cae accidentalmente sobre una mampara y esta a su vez rompe un inodoro y una bañera, atenderíais estos daños consecuenciales?
Si un asegurado cae accidentalmente sobre una mampara y esta a su vez rompe un inodoro y una bañera, atenderíais estos daños consecuenciales?
No considero que sean daños consecuenciales o indirectos, es un daño directo. Consecuencial es que además de todo eso se rompa un móvil y su propietario no pueda efectuar llamadas de trabajo durante unas horas, rizando el rizo.
Un típico consecuencial en hogar es un incendio, que provoca daños directos, extinguido con toneladas de agua lo que provoca daños indirectos.
En ese caso sería un gasto indirecto, Patocles. Vamos que entonces tiene cobertura por la garantía de loza sanitaria entiendo no?
La garantía de loza sanitaria, cristales y otras roturas suele, en la inmensa mayoría de los casos, ser independiente del origen del daño, simplemente se paga si existe rotura.