S.O.V. tramitacion siniestro
Hola,
Necesitaría que alguien explicara como tramitar la asistencia sanitaria en un siniestro SOV respecto al siguiente párrafo. Normalmente casi todos los siniestros que gestiono aplico los 90 días de plazo pero las otras dos opciones no sé en qué casos se aplica... si alguien puede explicar un ejemplo:
Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros.
"La asistencia garantizada por el Seguro Obligatorio de Viajeros se extenderá, como límite máximo, hasta las setenta y dos horas siguientes al momento del accidente, cuando se trate de lesiones que no requieran hospitalización del asegurado o tratamiento especializado en cura ambulatoria.
Hasta diez días cuando los asegurados la tuvieran cubierta por otros seguros obligatorios-
Hasta noventa días en los demás casos."
Gracias.